
El pasado 21 de febrero la Corte Constitucional despenalizó el aborto en Colombia hasta la semana 24 de gestación, una decisión histórica. El fallo es claro resultado de la lucha intergeneracional que busca materializar la autonomía y soberanía de los cuerpos de las mujeres, así como de unos magistrados defensores de una doctrina jurídica a tono con estas aspiraciones. Un logro que, por demás, evitará que más mujeres sean judicializadas y condenadas por este motivo, como hoy lo padecen 7.450 de ellas.
“La motivación para emprender la lucha por el derecho al aborto en Colombia viene desde hace mucho tiempo atrás, aquí hacemos un gran reconocimiento a la historia de las primeras mujeres feministas colombianas que empezaron a hablar de estos temas, a traerlos a la agenda nacional en medio de un montón de dificultades que impone una sociedad sumamente conservadora”.
La memoria, reconocimiento y énfasis es de Johanna Cepeda, con quien sostuvimos un diálogo ameno y lleno de enseñanzas. Johanna es una mujer joven, enfermera con maestría en salud sexual y reproductiva, que desde hace más de diez años es activista de la “Mesa por la vida y la salud de las mujeres”, y que además es cofundadora del grupo de Enfermería por el derecho a decidir.
La contactamos, entre otras inquietudes, para que nos diera su opinión sobre Causa justa, y no duda en responder describiéndola como un “movimiento que busca la libertad y la autonomía reproductiva de todas las mujeres sobre sus cuerpos y sus proyectos de vida, que lucha por la necesidad urgente de eliminar el delito del aborto del Código Penal, porque esto significa un avance para los derechos de las mujeres y un cambio favorable para la sociedad y la democracia en general. Lo impulsa la Mesa por la vida y la salud de las mujeres, pero está conformado por diversas organizaciones de mujeres, académicos/as, activistas, centros de investigación, grupos de mujeres feministas, de derechos humanos, prestadores de servicios de salud y muchas personas que creen que esta causa es justa y se debe defender la libertad de las mujeres”.
Una lucha justa, necesaria y urgente
El papel de Causa Justa en la lucha por los derechos de las mujeres se da en medio de los escenarios de desigualdades y violencia de la sociedad patriarcal, la cual ataca por múltiples frentes y así como quiere asignar estéticas, formas de ser y de comportarse, quiere imponer lo que pueden hacer o no las mujeres con sus cuerpos, llegando al punto de obligarlas a parir sin su consentimiento.
Un patriarcado agresivo que no contento con lo anterior, las asesina por el hecho de ser mujeres, porque las considera un objeto de su propiedad. Esta situación puede verse con claridad siguiendo al Observatorio Feminicidios Colombia, al denunciar que entre enero y diciembre de 2020 ocurrieron 630 feminicidios y en las mismas fechas de 2021 fueron 622. En enero de 2022 se registraron 55 y la situación en lo recorrido del año va en aumento. Por su parte el informe: “La niñez no da espera 2022-Niñez Ya”, confirma que entre enero y octubre 2020-2021 creció en 10 por ciento la cantidad de niñas entre 10 y 14 años que fueron violadas y obligadas a ser madres.
Pero las negaciones, violencia y exclusiones de esta sociedad, profundamente patrialcal, también queda registrada en indicadores del Dane sobre desigualdad social entre hombres y mujeres, de acuerdo al cual en el 2019 la tasa de desempleo según nivel educativo de postgrado, educación universitaria, técnico profesional y tecnología, secundaria y primaria, es mayor para las mujeres en todos los campos (ver tabla).
Curiosamente, la participación de las mujeres en el mercado laboral aumentó más que la de los hombres en el periodo 2008-2019, pasando del 46,4 por ciento al 53,1. Todo un triunfo dirán algunos, pero la realidad de este incremento es que se vive en condiciones más precarias y discriminatorias para las mujeres, con mayor informalidad y menores salarios, como lo evidencia el Dane con sus estadísticas. La brecha salarial total entre hombres y mujeres con ocupación en 2019 es de 12,9 por ciento; las mujeres ocupadas sin hijos ganan 7 por ciento menos que los hombres ocupados sin hijos; las mujeres ocupadas casadas ganan 15,8 por ciento menos en el ingreso mensual que los hombres ocupados casados.
Adicional a esto, como también lo registra el Dane, el 27,5 por ciento de las mujeres en Colombia no cuentan con un sustento económico propio, proporción casi tres veces mayor que el 10,5 de los hombres que padecen igual realidad. Una diferencia agravada en el ámbito rural, donde la probabilidad de no contar con ingresos propios por parte de una mujer es cinco veces mayor a la de un hombre.
Un proceso de años
En medio de este panorama que oscurece y nubla la realidad de las mujeres, los procesos organizativos avanzan y obtienen grandes triunfos, como el de la despenalización del aborto hasta la semana 24. Al preguntarle a Jhoanna en que se basa esta lucha nos dice: “[…] en reconocer a las mujeres como sujetas de derechos, reconocer nuestras decisiones como válidas, como moralmente importantes y reconocer que el hecho que una mujer pueda tomar decisiones sobre su reproducción le permite alcanzar otros niveles de salud, estilos de vida y le permite desarrollarse como esa mujer lo desea, porque creo que el principal problema ha sido siempre mirar la maternidad como una situación obligatoria de las mujeres por tener una capacidad reproductiva. Pero al imponernos la maternidad lo que se hace es violentar nuestras expectativas como mujeres, si la maternidad no va en nuestro proyecto de vida o si sentimos que no es el momento de ser madres”.
Entendiendo que su lucha no es de ahora sino de años atrás, le preguntamos a Jhoanna su valoración de los avances en este proceso, y su respuesta llega sin titubeos, inmediata: “en esta lucha hemos tenido varios avances, por ejemplo, en el 2006 fue muy importante la despenalización parcial bajo las tres causales a nivel legal y de reconocimiento de derechos, sin embargo, después de 16 años de haber jugado las reglas de juego de la Corte Constitucional, intentando que las mujeres accedieran a estos servicios por las tres causales, lo que encontramos fue un sinnúmero de barreras de acceso, y no solamente las que impedían el servicio, sino el incremento desproporcionado del número de persecuciones y de condenas de mujeres que solicitaban un aborto” (ver recuadro: Procesos judiciales a mujeres que abortaron en Colombia).
“Aunque celebramos, creemos que la Corte pudo haber hecho más, podían sacar del Código Penal el delito de aborto voluntario, no lo hicieron y aún nos queda esta lucha. Esperamos que con este nuevo fallo haya un compromiso mayor del Estado y de la institucionalidad, pero sobre todo de la sociedad de entender que esta es una decisión muy íntima, muy personal, que es un derecho y que, además, se relaciona con otros múltiples derechos fundamentales de las mujeres como el derecho a la vida, que no es solamente la parte biológica, sino que implica vivir con dignidad, en línea con nuestras propias ideas, en vivir la vida como yo la quiera vivir, pero también que ninguna mujer muera por acceder a un aborto ilegal. Si hablamos del derecho a la salud, implica que tengamos el mayor estado de bienestar físico, mental y social, pues para muchas mujeres una maternidad puede significar un riesgo y una afectación inminente de cualquiera de estas tres esferas”.
Un cuerpo embarazado que necesita desembarazarse
Una cosa es clara, esta lucha no es solo para las mujeres heterosexuales, la discusión se complejiza mucho más cuando hablamos con Natalia, feminista popular, quien nos dice, “el derecho debería estar para cualquier persona que necesite desembarazarse, eso es clave, aquí estamos peleando por condiciones, garantías, seguridad y derecho a tecnología para los cuerpos que abortan” (ver recuadros: Tratamiento con medicamentos y Tratamiento quirúrgico).
Natalia ha trabajado como prestadora de servicios de aborto seguro de manera institucional, aunque en la actualidad presta estos mismos servicios desde lo clandestino, “si las chicas necesitan una interrupción del embarazo, y yo tengo la información de cómo hacerlo, pues se las comparto. Obviamente esto se hace bajo unos acuerdos previos que son: no hay ninguna mediación económica entre ellas conmigo, si hay una complicación en el procedimiento la persona debe ir a un centro médico, el medicamento deben conseguirlo por su propia cuenta ya que yo no lo puedo distribuir. Lo que hago es acompañar a las mujeres y cuerpos que abortan, ya no desde lo institucional, sino desde el activismo”.
Al preguntarle sobre las barreras para acceder al aborto para personas trans y no binarias, y si hay una diferenciación en lo institucional para este tipo de población a la hora de realizarse un aborto, Natalia nos responde con claridad:
“Imagínense, si para los cuerpos de las mujeres acceder al aborto es difícil, para una persona trans o no binaria es peor, pues se les presentan muchas barreras por las múltiples discriminaciones estructurales que viven en su día a día.
Actualmente no existe una diferenciación desde lo institucional para personas trans y no binarias a la hora de acceso al aborto, tendría que existir y creo que es un trabajo fundamental que vienen realizando en Argentina, que se ha esparcido a lo largo de los coletazos de la marea verde. Entonces, hoy también nos preguntamos por la necesidad de complejizar mucho más el reconocimiento de la sociedad, mucho más allá de la heterosexualidad.
Creo que desde lo jurídico la Corte Constitucional es muy clara en abrir el tema a la ciudadanía, en sus fallos no solamente habla de mujeres, habla de cuerpos que están en gestación. Eso es un gran avance, sin embargo aún queda el reto de transformar la sociedad. Pues si te fijas, hasta en los servicios de salud que están medianamente preparados para prestar el servicio de la interrupción voluntaria del embarazo se presentan barreras para las personas trans y no binarias, pues desde que te sientas en la sala de espera todos los afiches traen mensajes de mujeres que dicen “mujer, decide sobre tu cuerpo”, “la maternidad será deseada y feliz”, “mujer, toma tu anticoncepción”. Entonces, nuevamente está presente esa heteronormatividad que piensa que las únicas personas que quedan embarazadas son las mujeres heterosexuales”.
Tras un respiro fuerte, como para descansar, prosigue, “Todo se complejiza aún más cuando un chico trans decide continuar con su embarazo, pues todo el mundo pensaría que va a abortar, es lo que nos dicen que hay que pensar y no es así necesariamente, muches deciden continuar y ser padres”.
Para finalizar Natalia nos cuenta que, aunque valora y festeja lo ocurrido tras el fallo de la Corte Constitucional, “actualmente hay muchas personas diversas y mujeres feministas que saben que pueden dirigirse a una EPS para exigir que les practiquen el procedimiento de aborto, sin embargo, muchas prefieren hacerse el procedimiento con el acompañamiento de organizaciones populares como Las Parceras en Bogotá, o Las Tiguacas en Risaralda, que además de acompañar el proceso físico, acompañan la parte emocional de quien toma la decisión, evitando así los tramites, demoras, juzgamientos y limitaciones que pueden presentarse por la rigidez institucional en las EPS”. Todo un tema que profundizaremos en artículo que traerá la edición abril-mayo de nuestro periódico.
Procesos judiciales a mujeres que abortaron en Colombia
Según el informe “La Criminalización del Aborto en Colombia”*), publicado en julio de 2021, la base de datos relacionada por la Fiscalía General de la Nación trae las siguientes cifras:
Se han registrado 5.737 procesos por el delito de aborto, de los cuales 4.355 están inactivos y 4.754 están en etapa de indagación.
• 7.450 casos están en etapa de ejecución de penas, es decir, son casos en los que ya hay condena o se decretó medida de aseguramiento.
• 102 casos están en etapa de juicio, es decir, que el juez no se ha pronunciado aún en un sentido u otro.
• En 2.431 casos la noticia criminal se obtuvo por «actos urgentes», mientras que en 1.580 y 1.540 casos, respectivamente, se obtuvo por denuncia e informes. Los «actos urgentes» son los que se relacionan con delitos en progreso. Se solicita a la policía presentarse en el lugar para tomar acciones de protección a la población y proceder a la captura. Los informes, por otra parte, se refieren a actuaciones rutinarias que determinan que se ha cometido un delito.
En los últimos 15 años ha aumentado significativamente la persecución del delito de aborto y han aumentado las condenas por tal motivo. Mientras en 2006 se condenaron 12 personas, en 2007 fueron 25, y en los siguientes 13 años el promedio de condenas fue de 26.
Tratamiento con medicamentos
El Misoprostol es un medicamento creado para prevenir y tratar enfermedades digestivas como las úlceras gástricas, pero por una especie de accidente, cuando se lo formulaban a mujeres embarazadas, uno de los efectos que generaba eran contracciones uterinas con posibilidad de expulsión; con el paso del tiempo se empieza a utilizar en trabajos de parto para generar contracciones artificiales. De igual manera, muchas mujeres lo utilizan para abortar.
Otro medicamento que sí fue creado por científicos y científicas para abortar es la Mifepristona, que desde 1980 se utiliza en Francia para expulsión de productos uterinos (tumores, quistes, embarazos). En Colombia hasta hace muy poco se autorizó su venta, aunque hay restricciones, no es posible conseguirla sin formula médica.
Tratamiento quirúrgico
Históricamente se ha utilizado el legrado, que en la práctica es la utilización de una especie de cuchara que se introduce por la vagina para empezar a raspar las paredes del útero. En el artículo “El legrado uterino, indicaciones, beneficios y riesgos”, el ginecobstetra Miguel Ángel Alarcón Nivia*, nos brinda algunos datos históricos de esta práctica médica:
• 1723, René Croissant diseña una cucharilla para limpiar heridas de la piel mediante raspado.
• 1828, Samuel Lair usa un estilete para explorar el fondo uterino.
• 1846, el cirujano y ginecólogo francés Joseph Claude Anthélme Recamier, del Hôtel Dieu de Paris, introduce la cureta con la forma con la cual se conoce actualmente, para el raspado de la cavidad uterina.
• 1878, C. Ruge y J. Veit sugieren que el curetage puede ser utilizado con fines diagnósticos.
• 1924, Howard Atwood Kelly inicia la era de legrados en el consultorio, con sedación o sin ningún tipo de anestesia.
• 1935, Emil Novak diseña su cánula o cureta de pequeño calibre y punta aserrada para hacer biopsias. En ese mismo año, Novak diseña un sistema de aspiración y legrado, mediante la utilización de un vacuum conectado a tubos aserrados (de mayor calibre a la cureta de Novak).
• 1982, Cornier diseña una cureta flexible para conectar a un aspirador llamado vabra.
• 1986, se inicia la histeroscopia diagnóstica, con eventos aislados de biopsia o extirpación de masas polipoideas.
En la actualidad, el método tecnológico más avanzado es la aspiración manual endouterina, que realiza un vaciamiento del útero al vacío, dejando como consecuencia un sangrado similar al de la menstruación y que se supera en alrededor de 9 a 10 días. Sin embargo, acceder a esta tecnología en Colombia es limitado para las mujeres y, por el contrario, se continua con la practica del legrado que en Europa se dejó de practicar desde el siglo pasado.
* Ver en: https://revistas.uis.edu.co/index.php/revistamedicasuis/article/download/1837/2215/4966
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