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Estatuto del trabajo. Informe especial Primero de Mayo. Entre lo ideal y lo real

 


 


“Este Estatuto pretende poner freno al embate neoliberal en el Derecho del trabajo, que se traduce en la creciente difusión de herramientas para la intermediación, la deslaboralización y en general la precarización de las condiciones del empleo en Colombia. En efecto, las políticas trazadas por los gobiernos de los últimos quince (15) años han terminado desdibujando los principios constitucionales relativos al trabajo”.


 


Para la confección del Proyecto no se parte de cero, con claridad lo manifiesta la senadora. En su elaboración se “recoge parcialmente, se actualiza y se complementa la iniciativa popular radicada en 1993 por la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), desatendida en ese entonces por el legislativo colombiano”.


 


Aquí está, por tanto, el centro de la problemática a la cual se tendrá que enfrentar el trámite de este Proyecto si no quiere quedar rápidamente archivado o derrotado por la aplanadora uribista: su amplia difusión, la motivación de los trabajadores para que lo den a conocer en todos los rincones del país y su movilización como mecanismo de presión para que efectivamente sea aprobado.


 


Y al pensar este conjunto de acciones fundamentales para el buen curso del Proyecto (que resume la relación ideal entre congresistas/movimiento social/opinión pública), se encuentra uno de los aspectos débiles del Proyecto: no incorpora a los desempleados, factor determinante del mundo del trabajo en nuestro país.


 


Como destaca de su lectura, el Proyecto de Estatuto retoma todos los derechos incluidos en la Constitución, además de otros que aún no se han firmado por el Estado colombiano ante la OIT. Sobresale entre los primeros, como es obvio, el derecho “al trabajo en condiciones dignas y justas [precisando además que] el trabajo es igualmente una obligación social” (artículo 8). Pero por parte alguna se precisan las obligaciones que tienen el Estado y la sociedad en pleno cuando ese derecho es violado.


 


El desempleado, dejado a su suerte, es una de las evidencias más claras de la irracionalidad capitalista. Sin ingresos, sin seguridad social, sin tranquilidad mental, presionado por todo tipo de cargas tributarias y sociales, padece en solitario los efectos de un modelo social que desecha a quien ya no le sirve o simplemente no requiere, de manera coyuntural o permanente.


 


El Estatuto debiera precisar, sin recato, las obligaciones estatales para con la inmensidad de connacionales que sobrellevan esa angustia. Pero también las de la sociedad en pleno, es decir, rescatar como valor supremo de los sindicatos la solidaridad, claro, más allá de sus asociados. No es admisible que quien pierde su trabajo, por cualquier razón, también pierda su vinculación a la organización sindical.


 


Cada sindicato o la suma de estos, es decir, las federaciones, confederaciones, sindicatos de industria, debe contar con programas de recreación, capacitación, descanso, acompañamiento psicológico, deporte, formación académica y política, y a ellos se debiera poder asistir por derecho propio (trabajador de esas empresas), por derecho adquirido y en cese (despedido de alguna de esas empresas) o derecho solidario (trabajador del sector, aunque no se labore en ninguna de las empresas afiliadas a la organización gremial).


 


De esta manera, el sindicato deja de ser una organización de trabajadores en pleno y se abre a la sociedad, reto indispensable por encarar si de verdad se aspira a superar la crisis que le afecta en la actualidad.


 


Reto social


 


Propósito más necesario de asumir, toda vez que el Proyecto de Estatuto de Trabajo propone que “el contrato de trabajo se presume celebrado por término indefinido” (artículo 41). Para casi de inmediato enfatizar en que solamente de manera excepcional “podrán celebrarse contratos de trabajo a término fijo” (artículo 46).


 


Es decir, el Proyecto de Estatuto se sitúa en debate con manifestaciones centrales del neoliberalismo, como son los ya multiplicados contratos a término fijo, con los cuales hasta el Estado mismo roba de manera abierta trabajo realizado durante meses por sus empleados, afanados por ser reenganchados en la nómina, trabajo no cancelado, pues “no había orden de servicios”.


 


Pero también se propone la reducción de la jornada de trabajo a 40 horas semanales (Art. 132), situándose en la perspectiva histórica ya consolidada por la ciencia y tecnología, de liberar al ser humano de la carga laboral (garantizándole igual salario) y permtirle más y mejores condiciones para su formación profesional, la participación social, la creación  y el descanso. Propósito que se enfrenta de igual manera, como se sabe, a la dinámica del capital, que con todo tipo de argucias, congela o reduce salarios y amplia la jornada de trabajo.


 


Este Primero de Mayo, al conmemorar las luchas de los trabajadores en todo el mundo, debe servir además para que todos aquellos que están organizados gremialmente asuman como propósito de su actividad durante los próximos meses la discusión, difusión, defensa y lucha por la aprobación del Estatuto del Trabajo. Una acción que debe superar al Congreso de la República en su formalidad y llegar a cada rincón del país para que la fuerza de los trabajadores se imponga a la maquinaría uribista.

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