La oscuridad reina en las calles del municipio de Caloto (Cauca) desde septiembre de 2006. En esa fecha, Cedelca (Centrales Eléctricas del Cauca S.A.) presentó un reclamo por $ 1.508.302.288, derivados de la prestación del servicio. Pero, sin detallar a quién asiste la razón, el Alcalde local aceptó el reclamo y desde entonces busca –a como dé lugar– acabar de quebrar a Caloto, además de crear razones jurídicas para oficializar un nuevo impuesto en contra de los habitantes del municipio.
¿Se acuerdan de la planta generadora de energía?
Olvidan el Alcalde y sus defendidos que entre Caloto y Cedelca S.A. se estableció un contrato de permutación del servicio (como lo ordena el Acuerdo Nº 5 de mayo 31 de 1962 aprobado por el Concejo Municipal), donde se precisa que le corresponde a la empresa suministrar el alumbrado público al municipio, sin precisar en parte alguna que sus habitantes tengan que pagar por el mismo. Así fue firmado porque era la correspondencia de Cedelca ante la permutación que Caloto hizo de la planta generadora de energía del río Palo. El contrato es jurídicamente legal y está vigente:
Es increíble lo que nos sucede a los caloteños. Tenemos un burgomaestre que se afana en contra de su propio municipio. Parece que se tapara los ojos ante los derechos adquiridos desde 1962, pero además olvida los beneficios a que tenemos derecho por ser accionistas de la empresa, así como el derecho de las comunidades sobre los recursos naturales, patrimonio público que para este caso debe ser salvaguardado por la administración municipal.
Pero también se tapa los ojos ante
Se persiste en la ceguera. Olvida, asimismo, que para suscribir el contrato de prestación del servicio de alumbrado público se debe elaborar un plan anual para su manejo, en el cual se contemple la expansión del mismo, la factibilidad, y la relación con el Plan de Ordenamiento Territorial y con los planes de expansión de otros servicios públicos, como lo exige el Decreto 2424 de julio de 2006.
Negando esta realidad, el Alcalde propone una conciliación y un Acuerdo para legalizar el cobro del alumbrado público y el pago de los dineros reclamados. Su argumento es mediocre, trata de calmar a los habitantes arguyendo que sólo corresponde cancelar el 50 por ciento de lo adeudado, ya que el restante le correspondería al recién legalizado –desprendido de Caloto– municipio de Guachené.
No hay duda que el proyecto de Acuerdo presentado y finalmente impuesto por el Alcalde el 28 de junio, es ilegal. Así lo entendieron los concejales, que le negaron su favor, dejándolo sin facultades extras para concretar su propósito. El Acuerdo carece de legalidad. En términos generales, no hay estudios, diagnósticos y metodologías para calcular los costos, definiendo los sujetos activos y pasivos, el hecho generador, las bases gravables (se debe demostrar quiénes tienen y quiénes no tienen alumbrado público, y especificar el período de pago –si es mensual, trimestral o anual).
No tienen argumentos válidos ni la empresa ni el Alcalde, pese a lo cual el administrador local ha impuesto su criterio, ante lo cual nos queda el recurso de las demandas y de la movilización ciudadana. Sus actuaciones conciliatorias, cuando aún estábamos en una etapa de cobro prejurídico, descartaron las instancias y recursos del Derecho, el cual muy seguramente daría un fallo favorable para todos los habitantes de Caloto.
De esta manera, se le facilita a la empresa un instrumento para legalizar una deuda ilegítima y pasar de un modelo de servicio público a uno de servicio privado. Muy seguramente, una adaptación de la empresa para mostrar más eficiencia y así ponerla a la orden de los compradores del capital privado. Si así sucediera, en el futuro cercano no sólo no habrá energía para las noches –en la calle– sino inclusive para el día –en los hogares–, pues los ingresos familiares no dan para tanto. La ciudadanía tiene la palabra.
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