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¿Un problema de soberanía nacional?. Acuerdo Humanitario


 Por lo que nos estamos mereciendo de este conflicto centenario, no les faltaba razón a nuestros abuelos cuando denominaban “pernicia” a esta perversa situación de masacres, secuestros, desapariciones, desplazamientos etcétera, repetitivas a lo largo de nuestra historia, o, como decía Porfirio Barba Jacob, de ese “andar de llano a montes, de monte a montículos, sin hallar al enemigo jamás”. Habría que pensar muy seriamente si a la misma le cabe el concepto riguroso de guerra, y si su sintomático y sospechoso carácter perverso no se corresponde con el tejido pernicioso que conforman los múltiples intereses involucrados, encarnados en la confrontación como actores. En este sentido es una buena guía, para mantenernos en vigilia sobre esa sospecha, darle respuesta a la pregunta: ¿A quién ha beneficiado, beneficia y beneficiará el mantenimiento de una perniciosa ‘guerra’ como ésta?


 


El estado del arte coyuntural del problema nos muestra al gobierno del doctor Álvaro Uribe Vélez habilitando a la senadora Piedad Córdoba y al presidente venezolano señor Hugo Chávez para intermediar, según sus declaraciones, en un acuerdo humanitario que conlleve la liberación de los secuestrados en manos de las farc, sin que eso implique habilitar municipio o centímetro alguno del territorio, que sería “ceder la soberanía nacional”. Las declaraciones públicas del primer mandatario no dejan de señalar a las farc de terroristas, con el añadido, en la declaración pública del sábado 22 se septiembre, de que están buscando protagonismo político internacional al amparo de los buenos oficios que adelantan la senadora Córdoba y el presidente Chávez.



Por su parte, las farc se mantienen en la postura de seguir pidiendo los municipios de Florida y Pradera para adelantar la negociación del acuerdo humanitario, opacada al amparo de las gestiones públicas y privadas hechas por Chávez y Córdoba, quienes han venido desplegando una serie de contactos con los legisladores y los familiares de los norteamericanos en poder de la guerrilla, el presidente francés Nicolás Sarkozy, el brasileño Ignacio Lula, el argentino Néstor Kirchner, el ecuatoriano Rafael Correa, el boliviano Evo Morales y el nicaragüense Daniel Ortega, a quienes parece que se van ir integrando otros personajes ejecutivos y políticos de la vida internacional, y contando con la el apoyo incondicional de los familiares de los llamados secuestrados.


 


La situación hizo pasar a segundo plano para la guerrilla la importancia de las denominadas condiciones objetivas del conflicto, y para el gobierno la negociación del conflicto mismo, que lo reduce a la liberación de los secuestrados sin más. De otro lado, al aceptar los dos la intermediación de la comunidad internacional en el conflicto interno, la convierten en la condición sine qua non para su resolución; lo que parece demostrar la minoría de edad o dependencia de sus perniciosos actores para definir por cuenta propia la resolución del nefasto destino en que han sumergido al país.


 


Ese giro inesperado del capricho de la razón de la historia, como diría Hegel, señala entonces que el escenario de la resolución del conflicto, y no sólo del cacareado acuerdo humanitario, va quedando en manos de la comunidad internacional, resultando sorprendente en ese embrollo la emergencia de la soberanía nacional como vértebra misma del futuro del conflicto y de nuestro devenir político. En otras palabras, que la realidad de la situación desemboca en el postulado, poco consistente por cierto, del cual partió el gobierno acerca de la defensa de la soberanía nacional, justificando así su tácito no al acuerdo humanitario; pero que por la bifurcación y vuelo que va tomando el asunto, yendo más allá de nuestras fronteras y asimismo a la altura de sus deseos, se les va a volver a los dos de tratamiento incierto. Tal vez un costo caro para el país, pero necesario para salir de esta tozudez.



 


La alharaca del acuerdo humanitario


 


El acuerdo humanitario no es otra cosa que un pacto entre los contendientes de un conflicto para acatar un conjunto de normas, estipuladas por el Derecho internacional desde 1859 y conocido como Derecho Internacional Humanitario (DIH). Este es un Derecho que busca limitar y evitar el sufrimiento humano en tiempos de conflictos armados, y que considera que esas normas deben ser respetadas tanto por los gobiernos y sus fuerzas armadas como por los grupos armados que se le oponen en un conflicto. De esas normas se considera que son aplicables no sólo en caso de guerra declarada sino también incluso cuando el estado de guerra no ha sido reconocido por alguna de las partes. Lo componen los famosos cuatro convenios de Ginebra de 1949 y los dos Protocolos adicionales de 1977.


 


Su artículo 3ª es de particular interés por cuanto hace especial alusión a


 


«los conflictos armados que no son de orden internacional […] que, bajo la dirección de un mando responsable, ejercen sobre una parte de dicho territorio un control tal que les permita realizar operaciones militares sostenidas y concertadas; prohíbe explícitamente los atentados a la vida y a la dignidad, la toma de rehenes y las condenas dictadas y las ejecuciones efectuadas sin juicio previo» (CICR, Génova).


 


El gobierno de Colombia, mediante el Decreto 1863 del 11 de octubre de 1996, constituyó la Comisión Gubernamental para la humanización del conflicto armado y la aplicación del Derecho Internacional Humanitario, ya que


 


«de conformidad con el artículo 95 numeral 2º de la Constitución Política, es un deber y una obligación de todos los colombianos obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas y que, por otra parte, es deber del Estado colombiano facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los ciudadanos y garantizar la efectividad de sus derechos fundamentales, protegiéndolos en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades» (Decreto 860 de 1998).


 


Suficiente con señalar que el cumplimiento del DIH en el país sigue el comportamiento histórico de la impunidad que caracteriza su sistema judicial, conocido popularmente con la sentencia de “que las leyes se dictan pero no se cumplen”, pues de serlo nos estaríamos ahorrando muy seguramente el conflicto. Eso porque de todos es sabido que desde marras en el país se viola ese derecho por parte de uno y otro de los actores armados, caso recién ilustrado, para el caso de los organismo del Estado, con los hechos del Palacio de Justicia, y por parte de la insurgencia con el mantenimiento de su política del secuestro de civiles.


 


Visto de esa manera, poner el DIH en el centro de la resolución parece más una alharaca por parte de los directamente implicados que su propósito serio para superarlo, cuya aplicación de por sí no necesita mayor puja territorial. De hecho, se sabe que mientras siga el conflicto se van a seguir violando los derechos humanos por parte y parte, y que el pulso que libra el gobierno con las farc se reduce a la negociación para la liberación de los secuestrados.


 


El espinoso dilema de la soberanía


 


Resulta significativo que, ante el despliegue diplomático de la senadora Piedad Córdoba en los Estados Unidos, del profesor Gustavo Moncayo en Europa y del presidente venezolano Hugo Chávez, quien gestiona un encuentro con el señor Manuel Marulanda, comandante de las farc, el señor presidente Álvaro Uribe decida realizar, en la semana que se inicia el 24 de septiembre, un periplo por los Estados Unidos y un encuentro con el presidente de México, señor Felipe Calderón, para tratar el mismo asunto; mientras en el país sus colaboradores persisten en declaran públicamente que “sí al acuerdo humanitario pero no al despeje”, por eso de la defensa al centímetro de la soberanía. Asunto éste aún más sospechoso cuando el comisionado para la paz, señor Luis Carlos Restrepo, de hecho desplazado en su gestión por la senadora Córdoba, se ve reducido a decir repetidamente que el mando de las gestiones adelantadas por Córdoba y el presidente Chávez sigue estando en manos del presidente Uribe, en clara alusión al ejercicio de la soberanía.


 


Precisamente de la soberanía es que se trata ahora la resolución del conflicto, pues preguntarse por ella es responder por qué y quién es el depositario del poder, es decir, por saber quién no se encuentra subordinado a ningún otra voluntad de orden decisorio superior a la cual deba acatar; en otras palabras, quién en un momento determinado va decidiendo la capacidad del ejercicio de poder, y, en este caso, la resolución del conflicto interno que vive el país. Soberanía que en la actualidad, como afirma Josep Colomer (2006),


 


«con los desarrollos contemporáneos de nuevas alianzas militares y de seguridad, acuerdos de libre comercio, monedas usadas ampliamente y redes de comunicación transnacional, los Estados han cedido poderes que habían estado bajo su jurisdicción soberana a nuevas instituciones de ámbito imperial.


 


Pero parece más realista entender que en un mundo ampliamente organizado en unos pocos imperios de gran extensión y un alto número de pequeñas unidades, la soberanía estatal, en la interpretación más favorable para los Estados, es como mucho un atributo en reserva. Respecto de las decisiones reales, para muchos ‘Estados’ la soberanía ha dejado de existir» (Grandes imperios pequeñas naciones, pp. 235-236).


 


En ese orden, la acción del gobierno colombiano resulta contradictoria en el manejo de la coyuntura del despeje, al pretender salir al escenario internacional a recoger la soberanía delegada, desconociendo, o, en el mejor de los términos, regulando las acciones desplegadas por los intermediarios habilitados, Chávez y Córdoba, cuyo efecto parece que va siendo difícil de detener, por cuanto el conflicto colombiano ha sido puesto en consideración del arbitrio de la comunidad internacional de naciones. Así que los acostumbrados desmentidos que hace de las acciones y declaraciones de sus subalternos el presidente Uribe, y que al interior del país le han funcionado para su popularidad, en esta ocasión pueden ocasionarle internacionalmente un efecto contrario.


 


Pero la situación permite develar los términos estructurales de ese manejo contradictorio de la soberanía del país. Pues, ¿cómo se entiende acaso la preocupación por la soberanía de un país cuyas políticas lo están llevando a ser uno de los miembros más activos del club de la globalización, quedando su infraestructura en manos de acuciadas corporaciones transnacionales y de los capitales extranjeros?


 


Y en cuanto a la defensa soberana del territorio que acusa el gobierno frente a las farc, parece que se sigue moviendo en el marco de los tiempos de la existencia del Muro de Berlín, cuando las guerrillas eran consideradas ejércitos de ocupación extranjeros. Menos entendible aún cuando no les reconoce carácter político y las trata como ‘delincuentes comunes’, donde el tratamiento debía ser de carácter policivo, como un asunto de orden público, y no militar, atinente a la defensa de la soberanía nacional.


Bogotá, septiembre 21 de 2007


 



Bibliografía


Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), Génova. ww.icrc.org/web/spa/sitespa0.nsf/iwpList2/Humanitarian_law?OpenDocument.


Decreto 860 de 1998 (mayo 8), Diario Oficial Nº 43298, de mayo 13 de 1998. Ministerio del Interior.


Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, que desarrolla y completa el artículo 3, común a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949. www.unhchr.ch/spanish/html/menu3/b/94_sp.htm.


Colomer, Josep. 2006. Grandes imperios, pequeñas naciones. Anagrama. Barcelona.

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