Home » Juicio a jueces corruptos. Demandan usuarios del UPAC – UVR

Juicio a jueces corruptos. Demandan usuarios del UPAC – UVR

Cansados de los atropellos del sistema financiero y legislativo del país, deudores del antiguo UPAC, como los actuales de las UVR, se unieron el pasado 10 de enero en una gran asociación en pro de la defensa a la vivienda, organismo que agrupa aproximadamente a 150.000 familias.


 


En rueda de prensa. los asociados expusieron estas y otras razones de su propuesta y decisión, entre ellas el tema de la usura bancaria que está apoyada por la corrupción estatal y contra la que han peleado vanamente desde hace ocho años. Su decisión es una sola: no pagar más cuotas hasta cuando se haga realidad la reliquidación de las deudas y se apliquen los intereses ordenados por la Corte Constitucional.


 


De acuerdo con los voceros del movimiento, los créditos otorgados bajo la figura de las UPAC y las UVC son ilegales, toda vez que por la capitalización de los intereses financieros son deudas infladas. “No se puede hacer negocio con un derecho constitucional; no se puede jugar con los sueños de las familias. Son años para reunir la cuota inicial con la esperanza de tener una casita”, expresa Germán Manjarrés Cabezas, quien ha instaurado una Acción de Nulidad a los boletines que ha emitido el Banco de la República, en los que se establece una tasa según un decreto presidencial (234 de 2000) que fue declarado nulo por el Consejo de Estado, por cuanto que no es función del Ejecutivo establecer esa tasa. Pero la decisión de los afectados por estas tasas de usura va más allá: también instauraron una Acción Popular (01395) contra la Superintendencia Bancaria por inmoralidad administrativa, al dejar de cumplir sus funciones como ente de control.


 


Deuda impagable + Negocio rentable = Desplazamiento forzado urbano


 


Este es un sistema usurero que ha dejado sin vivienda a unas 370.000 familias por medio de obligaciones ya terminadas, entre procesos ejecutivos, acciones sin pago y adjudicación de procesos. No sin antes extraerles todo su dinero y llevar a la imposibilidad de pago a los deudores del antiguo UPAC. Su desplazamiento como parias, dentro de la misma ciudad, es una historia sufrida por muchas familias. Otros 480.000 hogares están a punto de perder su casa y multiplicar ese desplazamiento. Sin embargo, el negocio sigue tan rentable que con el actual UVR se han otorgado 250.000 nuevos créditos, con un promedio de 15 millones de pesos cada uno.


 


Es ésta una actitud que se enmarca en principios leoninos, favorables al sistema bancario colombiano, el mismo que el Banco Interamericano de Desarrollo considera como uno de los que aplican mayores costos operativos, es decir, más por prestar, y pagar menos por ahorrar. Solamente así se puede entender que el negocio crediticio hipotecario, por intereses corrientes, haya alcanzado utilidades de alrededor de 7,8 billones de pesos en 2005. Mientras unos, por la violación de la Ley, lo pierden todo, otros lo acaparan.


 


La pelea jurídica contra las corporaciones bancarias es desigual a todas luces, porque, como se sabe y se sufre, el banco puede utilizar sus recursos para obtener una decisión favorable de parte del juez. A pesar de todo, en algunos casos se logra demostrar la injusta deuda, y con el fallo en primera instancia un juez municipal o civil (según el caso) ordena echar atrás el embargo o los intereses de mora. No obstante, el banco apela, y en segunda instancia –sea un juez civil o tribunal superior– se revoca la decisión a favor de la corporación financiera, lo que constituye un evidente fraude procesal.


 


Según el abogado de la Asociación de Usuarios, Luis Armando Montoya, estos jueces concurrieron en hechos punibles porque la orden de la Corte Constitucional (Sentencia T-212 de 2004) era reliquidar las deudas contraídas antes de enero de 2000, con lo cual las acciones de embargo en inmuebles y el incremento de intereses de mora nunca debieron existir. “El problema –según señala– es que cada juez está interpretando la norma a su manera, a pesar de que ella es una sola. Desde el momento mismo en que un juez acepta la demanda, está cometiendo prevaricato”.


 


Esta división entre la rama judicial se da por proteger los intereses de los banqueros. Muestra de lo anterior es el salvamento de voto del magistrado Jaime Araújo Rentería, que en audiencia pública previa a la sentencia (US-813, producida en respuesta a 15 acciones de tutela) y emitida el 4 de octubre, pero conocida el pasado 15 de diciembre, reconoce que hay posiciones contrarias al interior de la Sala Civil del Tribunal de Bogotá, donde 12 magistrados están en contra de terminar con los procesos de embargo. Eso quiere decir que la rama judicial perdió la imparcialidad.


 


Existe también prevaricato por omisión en la Superintendencia Bancaria, que como ente estatal está encargada de vigilar y controlar las tasas de interés, así como de mediar si no hay acuerdo entre deudor y banco, según lo expuesto por la Corte Constitucional en la mencionada Sentencia T-212 de 2004. Este silencio cómplice puede ser explicado por la relación entre sector financiero y política, en la cual la última está sometida al primero.


 


Un poco de historia: UPAC y UVR


 


El desplazamiento en Colombia ha sido una constante. Desde los años 50 del siglo XX no para. Así y todo, Lauchlin Currie, economista canadiense que asesoró a Misael Pastrana, sustentaba que, estimulando la llegada de más campesinos a la ciudad, la desigualdad en el campo se reduciría, toda vez que habría más demanda de productos desde los centros urbanos, y a la vez en éstos habría más fuerza de trabajo, que se crearía fomentando la construcción de vivienda, la cual sería demandada por los miles que llegarían día a día.


 


Currie elaboró el plan de desarrollo económico “Las Cuatro Estrategias”, en el cual se definió la construcción de vivienda a través del ahorro privado de la población. El auge de la construcción sirvió para que pequeños industriales y constructores, como Luis Carlos Sarmiento Angulo, se enriquecieran, transformándose en banqueros.


 


Para facilitar esta estrategia se crearon el Instituto Colombiano de Ahorro y Vivienda (ICAV) y las Unidades de Poder Adquisitivo Constante (UPAC). Con el Decreto 678 de 1972 se autoriza crear corporaciones privadas de ahorro y préstamo para vivienda. Al actualizar el valor de estos préstamos y ahorros, las UPAC se utilizaron para distintos fines en la financiación de la vivienda. En sus 15 años de existencia fueron ajustadas de manera improvisada en 20 ocasiones, pero con el claro interés de beneficiar a la banca. No es gratuito que durante 1996 las utilidades del sector financiero, a pesar de la crisis, presentaran un incremento del 70 por ciento, mientras la industria alcanzó apenas un escaso 15 por ciento.


 


En el lapso 1993-1999, el cálculo de las UPAC se sacaba según las tasas de interés de la economía, especialmente la tasa promedio que pagan los bancos por los depósitos a término fijo (DTF). Esta tasa se convirtió en el único factor para dicho cálculo por la junta directiva del Banco de la República. En 1998, la tasa DTF tuvo un incremento inusual, que a la vez elevó considerablemente las deudas por UPAC, hasta el punto de que sus acreedores no pudieron atender sus créditos. En ese año, ante los reclamos y protestas de la población afectada, la Corte Constitucional, en Sentencias C383, C700 y C747 de 1999, declaró inexequible el sistema UPAC conforme al artículo 51 de la Constitución Nacional, que ampara el derecho a la vivienda digna.


 


Así las cosas, la jurisprudencia ordena cesar la capitalización de intereses del sistema bancario, condonar los intereses moratorios, reliquidar las deudas de común acuerdo entre banco y deudor –para refinanciar la deuda–, según su capacidad de pago. Al mismo tiempo, el Gobierno declara como medida de emergencia una serie de alivios (del orden de 17 billones de pesos) a través del Fogafin (Fondo de Garantías de Instituciones Financieras), las cuales habrían de servir para abonar a la deuda, dinero recibido por los bancos pero no abonado a las deudas.


 


Desde ese momento y hacia adelante, la tasa de interés debía ser la más baja del mercado, debiéndose abandonar el DTF como variable y reemplazándola por el Índice de Precios al Consumidor (IPC), calculado por el Dane.


 


Se crea al mismo tiempo, a través de la Ley 546 de 1999 (que tendría vigencia desde el 1 de enero de 2000), un nuevo sistema para la amortización del crédito hipotecario en la adquisición de vivienda: las Unidades de Valor Real (UVR), Su valor es determinado autónomamente por el Banco de la República con base en la inflación como tope máximo, en una tasa simple y no compuesta.


 


Pero el presidente Andrés Pastrana y su ministro de Hacienda Juan Camilo Restrepo expiden el Decreto 234 del 2000, con el que extralimitan sus funciones y delegan en la Superintendencia Bancaria la información sobre inflación para calcular el valor de las UVR. Esta entidad, como encargada de la vigilancia y control, no hizo cumplir las reliquidaciones, y los bancos nunca llamaron a los deudores y mucho menos se establecieron las cuotas según la capacidad de pago de los deudores. De esta manera y como un círculo vicioso, se reproducen los problemas para saldar esas deudas. De modo que una vez más las entidades financieras inician procesos jurídicos amparados en el supuesto “Hay una cultura del no pago”. Según los informes del sector bancario, la moratoria al pago para 2004 alcanzaba el 15,24 por ciento. La decisión de los jueces es una: autorizar secuestres y embargos.


 


Por su parte, el Banco de la República, para calcular las UVR, no parte de la tasa más baja, como lo establecía la norma (5 a 6 por ciento) sino que define una tasa del 13.1. Su argumento: no se pueden lesionar los intereses del sistema financiero. El círculo se hacía de nuevo infernal, y la paciencia de miles de familias llega al límite. En la desobediencia civil y el reclamo de justicia para los de cuello blanco descansa la esperanza para que miles de familias puedan contar con casa propia.

Información adicional

Autor/a:
País:
Región:
Fuente:

Leave a Reply

Your email address will not be published.