La alharaca contra la sentencia a Plazas Vega es una cortina de humo que busca ambientar una reforma a la justicia, que excarcele a los parapolíticos y los militares presos por los falsos positivos.
La Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá no come cuento. El ex coronel Alfonso Plazas Vega deberá purgar, en cárcel común, una condena de 30 años de prisión por la desaparición forzada de la guerrillera del M-19 Irma Franco Pineda y del administrador de la cafetería del Palacio de Justicia, Carlos Augusto Rodríguez Vera.
La condena dispone igualmente que se oficie a la Corte Penal Internacional (CPI) para que se investigue al ex presidente Belisario Betancur por la posible responsabilidad penal en los hechos del Palacio de Justicia, como supremo comandante de las Fuerzas Militares; que el Ministerio de Defensa y el Ejército publiquen durante un año la sentencia en su página web; que se realice, en los tres meses siguientes a la ejecutoria de la sentencia, en la Plaza de Bolívar, un acto de desagravio en el cual el Ministro de Defensa, el comandante de las Fuerzas Militares, el comandante del Ejército, y el comandante de la Brigada XIII pidan perdón por el delito de desaparición forzada –crimen de lesa humanidad–, cometida por agentes del Estado. Igualmente, se dispone que la Fiscalía continúe la investigación contra integrantes del Ejército, la Policía y el desmantelado DAS, participantes en la retoma del Palacio de Justicia, por la desaparición de 11 empleados de la cafetería cuyo paradero aún es desconocido, habiéndose establecido que salieron con vida del Palacio y conducidos por integrantes de la fuerza pública a la Casa Museo del 20 de Julio.
La jauría uribista, integrada por miembros del Congreso y de los partidos oficialistas; periodistas como ex ministro Londoño Hoyos, los de la W Sánchez Cristo, Casas Santamaría, María Isabel Rueda, abogados ignorantes y de la defensa, renegados del M-19 como Carlos Alonso Lucio, y muchos otros, responsables o identificados de la violencia oficial y paramilitar que durante 30 años han desangrado a Colombia y producido mas de seis millones de desplazados, mas de 200 mil muertos, más de 50 mil desaparecidos, mas de 3.000 falsos positivos, califican el fallo del Tribunal como una ‘infamia’ contra un ‘inocente’, y pregonan sin razón o sin conocimiento jurídico que la Corte Penal Internacional no tiene competencia porque los hechos sucedieron el 6 y 7 de noviembre de 1985, y la CPI fue creada en 1998, por lo que sólo tiene competencia para investigar y juzgar los delitos de lesa humanidad cometidos a partir del 2 de diciembre de 2002.
Todo esto no es más que una cortina de humo para desacreditar a la justicia, encabezada por la Corte Suprema de Justicia, que durante los últimos años ha tenido la valentía de juzgar y condenar a más de un centenar de congresistas promotores, aliados y beneficiarios de los grupos paramilitares, responsables del desangre del campo colombiano, con más de 3.000 mil masacres; y por haber compulsado copias para que se investigue al staff uribista, corrupto y violador de los derechos humanos. También busca ambientar la insana reforma a la justicia que debilita a la Corte Suprema, y fortalecer el fuero militar, que es igual a la impunidad militar.
En la toma por un comando del M-19, y la retoma por fuerzas conjuntas del Ejército y la Policía nacional, e integrantes del DAS, se cometieron centenares de crímenes de guerra y de lesa humanidad. Empezando por el M-19, que convirtió a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado en rehenes, conducta prohibida en el Derecho Internacional Humanitario (DIH), por los Convenios de Ginebra y el Protocolo Adicional II de 1977. La retoma a sangre y fuego, sin preservar la vida de los magistrados y civiles rehenes, por parte de los agentes estatales, también violó el DIH.
Además, se estableció que la fuerza pública disparó indiscriminadamente contra magistrados, civiles y guerrilleros, lo que causó la mayoría de las 100 víctimas del holocausto. Por un agujero hecho en las paredes de un baño del tercer piso, donde se hallaban concentrados los rehenes, la fuerza pública disparó indiscriminadamente contra los allí hacinados, sin importar quien cayera. Quienes lograban salir hasta la puerta, huyendo del fuego y los disparos, eran conducidos a la Casa del Florero; y quienes allí eran considerados sospechosos de ser guerrilleros fueron conducidos a la Escuela de Caballería, allí torturados y asesinados y sus cuerpos desaparecidos.
El coronel Plazas Vega era el responsable de tal escuela, y bajo su supervisión y conocimiento se realizaron esos vejámenes y crímenes. Ello fue lo que estableció el juzgado que lo procesó, y la condena fue confirmada por el Tribunal de Bogotá. Allí no se condenó sin pruebas a un inocente sino a un responsable de decenas de crímenes, a quien, protegido y envalentonado sobre un tanque de guerra, los colombianos recordamos vociferando “Aquí salvando la democracia, maestro”, mientras se arrasaba con todo lo que se moviera dentro del Palacio, “antes que llegara la Cruz Roja”, y el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Alfonso Reyes Echandía, suplicaba por los micrófonos de la radio, antes de ser silenciados por el régimen, que “necesitamos dramática y urgentemente que cese el fuego por parte de las autoridades… estamos rodeados por parte del M-19… si no, todos vamos a morir”1. El presidente y los oficiales fueron sordos a ese llamado hecho por el presidente de otra de las tres ramas del poder público.
Los 11 empleados de la cafetería del Palacio de Justicia que salieron con vida, lo mismo que Irma Franco, fueron conducidos a la Casa del 20 de Julio, y de allí a las caballerías en Usaquén, donde fueron torturados, asesinados y desaparecidos. Otros, como los magistrados Manuel Gaona Cruz2 y Carlos Horacio Urán, y el abogado-guerrillero Andrés Almarales, salieron vivos del Palacio, y luego asesinados y regresados sus restos mortales al interior de edificio incinerado. Todo ello constituyó crímenes de lesa humanidad, y como tal son imprescriptibles e investigables mientras sus perpetradores estén vivos. Es cierto que la CPI fue creada en 1998 en asamblea de los países fundadores en Roma, y su competencia para investigar y conocer delitos de genocidio, crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad comenzó el 1º julio de 1998 para los primeros 60 Estados que lo suscribieron, y para Colombia el 1º de noviembre de 2002 para los delitos de lesa humanidad.
Pero el delito de desaparición forzada de personas es de carácter permanente y su comisión se renueva todos los días mientras no se encuentren los restos humanos del desaparecido. Por ello, la desaparición de los empleados de la cafetería puedo haberse iniciado el 7 de noviembre de 1985, pero 27 años después todavía continúa cometiéndose, ya que los responsables no han confesado qué hicieron con sus víctimas, ni las autoridades han establecido su paradero, por lo cual el delito no ha cesado de cometerse. Es por ello que, a partir del 1º de noviembre de 2002, la CPI ha adquirió competencia para investigar y juzgar a los responsables de estas desapariciones.
Así como el 6 y el 7 de noviembre del año 63 a.n.e., Cicerón, el más grande abogado y orador de Roma, fustigó ante el Senado y el pueblo a Catilina por haber atentado contra la vida de algunos cónsules, y el castigo fue el destierro. Hoy se condena a prisión a quien, violando el Derecho, dispuso de la vida de decenas de colombianos dentro y fuera del Palacio de Justicia. Como el destierro se halla prohibido por la Constitución y el Derecho, sólo procede la prisión para quien es un criminal de guerra y reo de delitos de lesa humanidad.
1 Palabras de Alfonso Reyes Echandía en: http://www.youtube.com/watch?v=1ovVmTk3CjA&feature=related
2 http://www.youtube.com/watch?v=1ovVmTk3CjA&feature=related.
*Abogado especialista Derecho constitucional
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