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En la sociedad del control uniformado

Una sociedad bajo control policial y uniformado, esa es la colombiana. Conglomerado humano sometido a diversidad de violencias, corrupción del más alto nivel y maniobras constantes para subordinar el Estado al beneficio personal; uso excesivo de la fuerza para controlar las infracciones y desavenencias cotidianas, arrogancias diarias del poder y sus efectivos que hacen del día a día algo cada vez más difícil de sobrellevar; sociedad sumida en la injusticia económica, los moralismos trasnochados y un inmenso faltante de ética.

En esa sociedad, donde el gobierno de los privilegios es la constante, quienes controlan desde siempre el poder intentan enrutar la vida cotidiana a través de normas que, como en las reunidas en el proyecto de reforma –en trámite en el Congreso– del llamado Código Nacional de Policía y Convivencia, pretende reglamentar, sancionar, castigar, enrejar, toda acción “anormal” y toda desavenencia. ¿La injusticia que potencia los comportamientos “anormales” podrá controlarse a través de sanciones, represión y violencia “legítima”? ¿Será posible que así sea?

Artículo 1. Objeto del código. Este Código tiene un carácter preventivo y busca mantener las condiciones para la convivencia en el territorio nacional propiciando el cumplimiento de los deberes y obligaciones de las personas naturales y jurídicas, así como determinar el ejercicio del poder, la función y la actividad de policía, de conformidad con la Constitución Política y el ordenamiento jurídico vigente.

En esa sociedad, donde los ricos cada vez concentran más y la pobreza cubre todos los rincones del país, donde el asesinato es una profesión que cautiva a no pocos, pero también donde quienes tienen que proteger la vida y honra de la ciudadanía hacen todo lo contrario por unos pocos pesos, ¿será posible que las normas suplan lo que la economía y la política diaria determinan como condición natural?

Artículo 2. Objetivos específicos del Código. […]. 2. Promover el respeto, el ejercicio responsable de los derechos y libertades, la solidaridad y el cumplimiento de deberes y comportamientos que favorezcan la convivencia entre las personas.

Aquí, en este país, donde desde antes de despuntar el sol las calles están llenas de mujeres y hombres que con sus pequeños tendidos, mostradores y chazas tratan de atraer la atención de un posible comprador que les asegure el ingreso con el cual garantizar la vida propia y la de los suyos, miles de miles que sudan el peso con gran esfuerzo, vendiendo, revendiendo, gritando, cantando en calles y buses, contando cuentos en el transporte público, mintiendo, fingiendo; donde el sábado y el domingo para no pocos/as dejó de ser la oportunidad para el esparcimiento, el descanso y la recreación convirtiéndose en otro día laboral; en esta sociedad, donde los borrachos o drogadictos atropellan transeúntes desprevenidos que en las aceras esperan el bus que los habría de llevar a su lugar de destino; sociedad donde el poder aún no logra la legitimidad –aunque cargue la legalidad– requerida para poder ganar el consentimiento ciudadano, voluntario, espontáneo, natural, quienes controlan el poder consideran, en contra de la realidad, que todo tiene que estar reglamentado, medido, penalizado, y que de la norma surgirá una realidad diferente a la que afecta a los millones que ellos oprimen con su desgobierno. Allí, donde las multinacionales explotan desde décadas atrás extensas zonas del país, dejando pobreza y tristeza a su paso, allí según el proyectado Código Nacional de Policía y Convivencia será un delito:

Artículo 141. Comportamientos contrarios a la minería. […] 14. Portar, almacenar, transportar o tener más de diez (10) gramos de oro sin título minero u obtenido en actividades de barequeo.

Artículo 187. Comportamientos contrarios a la convivencia en los sistemas de transporte motorizados o servicio público de transporte masivo de pasajeros. […] 12. Perturbar en los medios de transporte públicos, la tranquilidad de los demás ocupantes mediante cualquier acto molesto

En esa sociedad de leguleyos y embaucadores, donde se considera que “todo debe estar sometido a la norma”, donde la “seguridad privada” multiplica por tres la seguridad oficial, donde cada negocio tiene un celador a su entrada el mismo que con ojos inquisidores te sindica y declara culpable desde que te ve, allí donde te requisan a cada paso, con o sin motivo, donde temes que un policía se te acerque, en ese país donde la solidaridad es cada vez más escasa, con casas y negocios cada vez más enrejados que te distancian del vecino, territorio y espacios recubiertos con cámaras que por todas las calles registran y graban tus pasos haciendo de la privacidad un extraño tiempo ya pasado; allí donde los gobernantes tienen la política como un muy buen negocio, ellos, los mismos de siempre, los que no dejan de considerar que la normativización de la vida, su regulación hasta el último detalle, es el camino para garantizar la convivencia.

Artículo 92. Participación de la seguridad privada en las actividades que involucran aglomeraciones de público complejas […]. Las empresas de seguridad y vigilancia privada podrán designar de manera específica a miembros de la empresa para que puedan trasladar de manera inmediata ante las autoridades de policía a personas que estén contrariando la ley y las normas de convivencia en las actividades que involucran aglomeraciones de público complejas (sic).

Artículo 187. Comportamientos contrarios a la convivencia en los sistemas de transporte motorizados o servicio público de transporte masivo de pasajeros. […] 6. Agredir, empujar o irrespetar a las demás personas durante el acceso, permanencia o salida de estos (sic)

No es casual que en esa sociedad, un día cualquiera aparezca en el Congreso de la República el Ministro de Defensa –un señor que sólo le falta quepis para actuar como general– para radicar un proyecto de reforma al Código Nacional de Policía y Convivencia. “¡El Ministro de Defensa dirigiendo la Policía!”. No es extraño, el nuestro es un país que parece congelado en la época de la Guerra Fría, donde todos los ciudadanos eran vistos como enemigos y, de hecho, hoy, no décadas atrás, hoy los movimientos sociales aún son vistos como enemigos por enfrentar y destruir, por lo cual sus voceros y principales dirigentes son señalados, sus comunicaciones chuzadas, su vida diaria registrada paso a paso, y en no pocas ocasiones perseguidos y asesinados.

Artículo 86. Perturbación de la convivencia. [la Policía] podrá impedir la realización de reuniones, marchas o desfiles públicos que no hayan dado aviso al alcalde o su delegado siguiendo los requisitos establecidos en el artículo 82, o cuando éstos no cumplan las condiciones señaladas por la autoridad.

Artículo que en la Ley de Seguridad Ciudadana no deja resquicios:
“Art. 353A. Obstrucción a vías públicas que afecten el orden público. El que por medios ilícitos incite, dirija, constriñe o proporcione los medios para obstaculizar de manera temporal o permanente, selectiva o general, las vías o la salud pública, la seguridad alimentaria, el medio ambiente o el derecho al trabajo, incurrirá en prisión de veinticuatro (24) a cuarenta y y ocho meses […].

Parágrafo. Se excluye del presente artículo las movilizaciones realizadas con permiso de la autoridad competente en el marco del artículo 37 de la Constitución Política”

En esa sociedad, sumergida en el hielo de la por tantos años vigente doctrina de la Seguridad Nacional, la Policía continúa, a pesar del paso del tiempo, militarizada, funcionando como una parte más del Ejército. Una fuerza policial, y unas fuerzas armadas que parecen ocupar y controlar un territorio invadido, con unidades en todas las esquinas, deambulando en sus motos y carros sin contención ni respeto de las mismas normas que ellos tienen por misión garantizar; uniformados que paran y acosan sin descanso a quienes están negados de todo y por tanto tienen que dar con su humanidad en la calle, deambulando por aquí y por allá, durmiendo en cualquier lugar, maltratados, y debiendo abrir los ojos ante el acoso del verde que le “ofende” ver la miseria, al despojado, al leproso moderno, acurrucado, envuelto entre desechos, tratando de contener los efectos de la inclemencia del clima, sin ánimos ni motivos para levantarse, ¿para qué? ¿para hacer qué? ¿Acaso vive? Sí, ¡sobrevive! ¡Y que mal!

Artículo 60. Comportamientos que afectan las relaciones entre las personas y las autoridades. […] Parágrafo 1. Las autoridades y en particular el personal uniformado de la Policía, deben dirigirse a los habitantes con respeto y responder a sus inquietudes y llamado con la mayor diligencia.

Artículo 66. Comportamientos que afectan a las personas con discapacidad. […] 1.
Realizar, permitir o inducir abusos o maltratos contra los habitantes de la calle

Esa misma fuerza que somete a “reeducación” a jóvenes bachilleres para en escasos tres meses colocarlos en la calle para realizar lo que no les compete: requisar, acosar, perseguir, ofender, engreírse creyéndose la autoridad que ni son ni tienen ni representan. Dejar de ser jóvenes, soñadores, creadores, lúdicos, para pasar a actuar como sindicadores, señaladores de sus pares, ¿qué les podrá deparar esto que no sea disciplinamiento y conformismo?

Artículo 179. Comportamientos contrarios al cuidado e integridad del espacio público. […] 11. Escribir o fijar en lugar público o abierto al público, postes, fachadas, antejardines, muros, paredes, elementos físicos naturales, tales como piedras y troncos de árbol, de propiedades públicas o privadas, leyendas, dibujos, grafitis; propaganda, avisos o pasacalles, pancartas, pendones, vallas, banderolas, sin el debido permiso.

En esta sociedad, donde los detentadores del poder se han encargado de desunir el cuerpo social, donde la reproducción del miedo y la desconfianza con el vecino es una misión diaria de los grandes medios de comunicación, ahora aspiran que con la reforma del Código de Policía los comportamiento cotidianos de las mayorías negadas y excluidas sean diferentes. ¿Podrá ser real tanta irrealidad?

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Autor/a: Equipo desdeabajo
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