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¿Más falsos positivos e impunidad?

El mes de octubre pasado la Cámara de Representantes aprobó en sexto debate la reforma constitucional al fuero militar, lo que traería un grave retroceso al Estado de derecho democrático. En un Estado democrático y de derecho, las fuerzas armadas no solo deben estar subordinadas al poder civil en lo administrativo y militar, sino también en lo judicial.


La diferencia entre un civil y un militar es que el primero

siempre puede militarizarse, pero el segundo rara vez

puede civilizarse.

Georges Clemenceau

 

Si, como decía Clemenceau, “la guerra era algo muy serio para dejarlo en manos de los militares”, tampoco la justicia que sanciona el uso indebido y criminal de la fuerza militar se debe dejar en sus manos adiestradas para matar. Si bien la expresión puede parecer peyorativa, se corresponde con la realidad; aunque en rigor, parafraseando a Clemenceau, la guerra, como la justicia, es algo muy serio para dejarlo en manos de ignorantes, sean éstos militares o civiles. La justicia penal militar es una institución cuya existencia no se justifica en un Estado democrático de Derecho, donde debe existir una clara y total división de poderes, es decir, distintas ramas del poder (Ejecutivo, Legislativo, Judicial o de control) deben ser independientes y no desarrollar unas las labores de otras.

Los distintos fueros no tienen razón de existir, pues constituyen una odiosa desigualdad en el tratamiento a los ciudadanos. En los Estados democráticos fueron abolidos a partir de la Revolución Francesa, que instituyó como principio de los derechos del hombre y del ciudadano la igualdad del individuo ante la ley: ella constituyó quizá la mayor conquista de las revoluciones democráticas.

La justicia penal militar constituye desde este ámbito un retroceso a épocas ya superadas por los avances democráticos. El fuero castrense constituye un verdadero exabrupto, por disponer que quienes cometen delitos y violaciones de derechos humanos sean juzgados por tribunales compuestos por integrantes del establecimiento militar: es decir, quienes cometen las infracciones se juzgan a sí mismos, con tribunales compuestos por militares activos o en retiro, bajo normas especiales, diferentes de los procedimientos establecidos para los demás ciudadanos.

Los militares alegan que los jueces penales ordinarios no los pueden juzgar porque desconocen y no entienden las lógicas de la guerra y los comportamientos militares, con lo cual dejan entrever que son juzgados bajo ciertas consideraciones derivadas de su condición de militares, de cierta comprensión de su comportamiento, comúnmente conocido como “espíritu de cuerpo”, que lleva a la impunidad.

Durante la pasada administración de ocho años de Álvaro Uribe, de la cual fue el presidente Santos su ministro de Defensa, las fuerzas militares se vieron involucradas en miles de homicidios fuera de combate, conocidos como “falsos positivos”, de los cuales se han documentado más de 3.200 casos con más de mil militares procesados por la justicia ordinaria. Estos crímenes de lesa humanidad y otros por ejecuciones extrajudiciales, torturas y desaparecimientos, son los que se pretende llevar a la justicia castrense, en donde con seguridad serán absueltos al no encontrar “pruebas de que sus muertes, torturas o desapariciones hayan sido fuera de combate”, es decir, sus autores serán declarados inocentes.

Según la reforma que se adelanta al fuero militar, “las infracciones al Derecho internacional Humanitario (DIH), cometidas por miembros de la fuerza pública –salvo crímenes de lesa humanidad, genocidio o desaparición forzada– serán conocidos exclusivamente por las cortes marciales o tribunales militares o policiales”. Esto significa que todo crimen que no forme parte de un ataque generalizado o sistemático –requisito de los crímenes de lesa humanidad, según el Estatuto de la Corte Penal Internacional y la jurisprudencia de las Cortes Suprema de Justicia y Constitucional–, y que no sea un genocidio o desaparición forzada, será conocido sólo por la justicia militar.

“Esto significa que para acceder a un tribunal de justicia ordinaria en casos de ejecuciones extrajudiciales, violencia sexual, etcétera –explica José Miguel Vivanco, director de Human Rights Watch–, las víctimas tendrán que demostrar que fueron agredidas en el escenario de un ataque sistemático o generalizado, perpetrado por militares, conforme con una política oficial. Si no cumplen este requisito, sus casos irán a la justicia penal militar, donde los militares se investigan a sí mismos”1.

Ante este pretendido, no es casual, por tanto, que organizaciones de derechos humanos nacionales, algunos periodistas e integrantes demócratas de la academia, denuncien los peligros de esta reforma constitucional. Es tan grave esta reforma, ya aprobada en seis debates de los ocho necesarios, que los organismos de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, y de otras organizaciones internacionales, le han solicitado al gobierno nacional el retiro del proyecto de reforma al fuero, pues ello va en contravía del discurso oficial de defensa de los derechos humanos, y profundizaría la ya alarmante impunidad en relación con las más graves violaciones de los derechos humanos, al tiempo que enviaría un mensaje a los integrantes de las fuerzas militares y policiales de que sus delitos y crímenes contra la población civil no son graves, que van a ser absueltos, y que a lo sumo serán tratados como “errores”, y no como muy graves delitos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario, que merecen un castigo ejemplar para que no se repitan.

La reforma en curso, proyecta, de igual manera, lugares de reclusión y condena en los establecimientos militares o especiales, a pesar de que hasta la saciedad se ha denunciado que estos violadores y criminales de lesa humanidad gozan –en los sitios de reclusión– de privilegios especiales e impensables, como salidas sin autorización de los jueces, comodidades, visitas no autorizadas, todo lo cual les permite en no pocas ocasiones continuar delinquiendo, o manipular testigos o pruebas que les garantizan la impunidad o emprender la fuga.

Colombia, que atraviesa aún por un largo período de violencia, en que se cuentan por centenares de miles los muertos, en que existe una impunidad superior al 90 por ciento en los casos graves de violaciones de derechos humanos, no puede ahondar la situación de impunidad que tiene sumido al país en una graves crisis humanitaria, a la que hemos llegado con la anuencia pasiva y activa de la fuerza pública, pues es de todos conocida la estrecha colaboración que numerosas unidades militares y de policía les han prestado desde los años 90 a los grupos paramilitares y a los narcotraficantes, lo cual les ha permitido a estos grupos cometer los miles de asesinatos, desapariciones, torturas, y miles y miles de desplazamientos de la población campesina.

Como se sabe, la violencia que se padece en Colombia se ahondó, alcanzando modalidades dantescas, por la colaboración oficial con los terratenientes paramilitares y narcotraficantes2, por la falta de voluntad oficial de los gobiernos para promover la depuración de la fuerza pública, y la sanción penal a quienes en forma directa cometieron crímenes o colaboraron los con grupos criminales.

Lo poco que se ha avanzado en el campo de la justicia y la protección a los derechos humanos, gracias a la denuncia permanente de los organismos de derechos humanos nacionales e internacionales, y también a la presión de algunos países sobre el gobierno nacional para que se haga justicia, se derrumbará con la aquiescencia y la coautoría del Gobierno y el Congreso, ante la amenaza de la fuerza pública de no aparentar luchar contra los paramilitares, bacrim y guerrillas (éstos, sus únicos enemigos reales), por tener “garantías”.

Es hora de que, como en cualquier Estado democrático y de Derecho, los funcionarios y la fuerza pública aseguraen el orden público y las libertades ciudadanas dentro del marco estricto de la ley, sancionando su violación aún con mayor severidad por ser estos agentes los encargados de hacer cumplir la ley, no de dar mal ejemplo. La aprobación del fuero militar alejará esta posibilidad de nuestra vida diaria.

 

Por Eduardo Matyas Camargo, abogado, defensor presos políticos

 

1 http://www.elespectador.com/impreso/cuadernilloa/entrevista-de-cecilia-orozco/articulo-383647-el-drastico-cambio-de-posicion-de-.

2 Como lo ratificó el mercenario israelí Yair Klein en declaración ante el Tribunal Superior de Bogotá en las audiencias de justicia y paz. Ver: http://www.elespectador.com/noticias/judicial/articulo-386699-ejercito-suministro-armas-entrenamiento-de-paramilitares-yair-kl.

 

Información adicional

Avanza el fuero militar
Autor/a: Eduardo Matyas Camargo
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