“Durante años no pudimos hablar de otra cosa. Nuestra conducta diaria, dominada hasta entonces por tantos hábitos lineales, había empezado a girar de golpe en torno de una misma ansiedad común. Nos sorprendían los gallos del amanecer tratando de ordenar las numerosas casualidades encadenadas que habían hecho posible el absurdo, y era evidente que no lo hacíamos por un anhelo de esclarecer misterios, sino porque ninguno de nosotros podía seguir viviendo sin saber con exactitud cuál era el sitio y la misión que le había asignado a la fatalidad.
[…]
Pero la mayoría de quienes pudieron hacer algo por impedir el crimen y sin embargo no lo hicieron, se consolaron con el pretexto de que los asuntos de honor son estancos sagrados a los cuales sólo tienen acceso los dueños del drama”
Gabriel García Márquez
Crónica de una muerte anunciada (1981) pp.126-127.
El relato de las luchas sindicales de Sintraisa tiene el aire melancólico de un movimiento que se resiste a desaparecer bajo la intimidación constante que los procesos de la globalización neoliberal imprimen a los derechos sociales, económicos y culturales y dentro de estos, a las reivindicaciones sindicales. Al igual que en la historia tan bellamente relatada por Gabriel García Márquez, todos saben que se amenaza de muerte. Su existencia como organización sindical tiene una fecha y hora determinada, si atendemos a los planes estratégicos y de gobernabilidad corporativa que viene fortaleciendo ISA. S.A. a través de su transformación en Grupo Empresarial; en virtud de ellos, una estructura como Sintraisa cuya historia ha estado determinada por la búsqueda de condiciones laborales dignas y justas, no resulta ser hoy deseable para ISA, aunque la toleran porque no tienen otra alternativa, al menos por el momento.
El conflicto que enfrenta este sindicato, surgido en torno a la estrategia empresarial 2020 de ISA S.A. E.S.P., suscita varios interrogantes que vale la pena intentar responder: ¿Cómo ha influido el contexto global en la generación del conflicto entre Sintraisa e ISA?, ¿Cuáles han sido las principales estrategias empresariales para golpear al sindicato y a sus trabajadores?, ¿Cuáles han sido las más trascendentales consecuencias sobre los trabajadores y su organización sindical, derivadas de las decisiones empresariales?. ¿Cuáles han sido sus principales estrategias de resistencia? ¿Qué decidió el Ministerio de Trabajo frente a la solicitud de Sintraisa de declaratoria de Unidad de Empresa?
Presagio de una muerte anunciada
Sintraisa es una organización sindical que agrupa a los trabajadores que prestan servicios en Interconexión Eléctrica S.A, sus filiales y subsidiarias, reconocida desde 1977 por ocuparse de la defensa y representación de los intereses individuales y colectivos de los trabajadores, pensionados y sus familias, que lucha por la defensa del patrimonio nacional en pro del desarrollo social de la comunidad1.
La historia de la última disputa que enfrenta Sintraisa es una más de las estrategias empresariales que a lo largo de su existencia ha tenido que sortear como organización, no solo porque se mantengan y respeten los derechos de los trabajadores amparados por la Convención colectiva suscrita con ISA S.A., el 6 de diciembre de 1977 sino, sobre todo, porque se garantice su pervivencia como organización sindical.
A diferencia de otros conflictos anteriores, del que nos vamos a ocupar tiene como particularidad el hecho de estar inscrita dentro de unas prácticas y tendencias propias del modelo neoliberal, que amenazan la pervivencia de los sindicatos en el marco de la globalización, y que han estado antecedidas por la crisis del Estado intervencionista, con su correlativa apuesta por un Estado mínimo, desregulado y con el predominio del mercado sobre el desarrollo del Estado social. Transformaciones que han impactado intensamente el ámbito de los derechos de los trabajadores, desembocando en la conocida y denunciada flexibilización laboral.
En efecto, una de las consecuencias que el proceso de globalización propició en el plano de las políticas sociales y laborales es, sin duda alguna, el reflejado en el ámbito de la acción sindical y de los movimientos obreros, respecto a los cuales se advierte hoy, desde diferentes análisis, su situación de crisis generalizada, como quiera que se ha opacado su papel como agentes de cambio social, con ocasión de la transformación del mercado del trabajo y como consecuencia de la liberalización comercial, la privatización de empresas estatales y la desregulación de la institucionalidad laboral (Zapata, p. 4). (Ver recuadro).
Estos aspectos colorean un entorno teñido de un fatalismo macondiano, terminal y aparentemente irreversible, el futuro de sindicatos que como Sintraisa deben funcionar dentro de un modelo constitucional, previsto en 1991 para los servicios públicos domiciliarios, auténticamente neoliberal; éste es definido a partir de un esquema de liberalización y competencia2 que ha servido como pretexto per se, en el caso concreto que nos ocupa, para toda una serie de acciones que a la postre han restringido la participación de Sintraisa en las decisiones empresariales.
Derechos en tensión
La secuencia de hechos que dan pie a este relato datan del año 2005, época en que fue creada la compañía XM, y encuentran un punto de inflexión en junio de 2013, momento en el cual Sintraisa conoce la nueva estrategia 2020 diseñada por ISA S.A. E.S.P. con una perspectiva hacia el año 2020, y que fija como misión: “ISA tiene como misión el desarrollo y operación altamente eficiente de sistemas de infraestructura lineal donde posee capacidades o ventajas diferenciales basadas en el desarrollo de su talento humano ycapacidad de innovación para crear valor a sus accionistas y demás grupos de interés y contribuir al desarrollo sostenible de las sociedades donde tiene presencia”3; y como visión que “ […] ISA habrá multiplicado x 3 sus utilidades, por medio de la captura de las oportunidades de crecimiento más rentables en sus negocios actuales en Latinoamérica, del impulso de la eficiencia operativa y de la optimización de su portafolio de negocios4”.
La puesta en marcha de tales lineamientos para lograr una mayor competitividad empresarial, la conquista de nuevos mercados y un crecimiento y rentabilidad superiores, presuponen una transformación empresarial en la que si bien ISA S.A.E.S.P. no parece desligarse por completo del objeto social dispuesto en las leyes especiales de servicios públicos domiciliarios, sí comporta su irrupción definitiva en prácticas empresariales como la desregulación, la flexibilización y la descentralización productiva, utilizadas como alternativas para reconfigurar las formas tradicionales de organización del trabajo y con ello reducir los costos de transacción5.
La materialización de esta misión y visión empresarial se reflejó en su reestructuración como Grupo Empresarial encargado de orientar y definir las directrices para el funcionamiento de sus filiales y, particularmente para el caso de los intereses de Sintraisa como organización sindical, con la creación de XM Compañía de Expertos en Mercados S.A E.S.P (en adelante XM) e InterColombia; a estas dos filiales les trasladaron el desarrollo de partes de su objeto social, como es el caso de XM a quien le corresponde desde su creación la prestación de los servicios que originalmente prestaba ISA S.A.6, y en el caso de InterColombia, a quien curiosamente le trasladaron tanto el desarrollo de actividades antes ejecutadas directamente por ISA. S.A.E.S.P. como la administración del personal, que hasta ese momento tenía una relación directa con ésta como empresa matriz; esta última, por lo demás, mantiene bajo su titularidad y entera administración los activos: terrenos, subestaciones, líneas, equipos y edificios. En síntesis, mantiene la administración de su patrimonio, pero transfiere la prestación del servicio público y la administración del personal, mediante el uso de procesos económicos y jurídicos de naturaleza comercial, como la fusión, la escisión y la celebración de contratos de servicios y de cuentas en participación.
Efectos de la nueva realidad empresarial
El uso de esas estrategias empresariales ha dado lugar a una nueva realidad empresarial que ha implicado para los trabajadores la negación por parte de ISA S.A.E.S.P. de la existencia en su empresa de trabajadores sindicalizados, bajo el argumento de que se ha verificado una sustitución patronal, y con ello, el desconocimiento no solo de la relación con Sintraisa sino de todos aquellos beneficios y derechos reconocidos por la Convención Colectiva de Trabajo. Desde la creación de InterColombia, ISA S.A. niega cualquier obligación con Sintraisa por no tener a su cargo, según la empresa, ningún trabajador sindicalizado e InterColombia por orden de ISA reconoce unos derechos convencionales y desconoce otros por no haber suscrito con Sintraisa ninguna Convención. En esta lógica del absurdo ha llegado incluso a negar, mediante respuestas a derechos de petición presentados por trabajadores de Sintraisa, la existencia de cualquier conflicto colectivo7.
Paralelo a esto, InterColombia ha delineado toda una estrategia para desestimular la afiliación de trabajadores a Sintraisa a través de la figura de los pactos colectivos con los nuevos trabajadores y en 2014 instauró una demanda ordinaria, actualmente en curso, con la cual pretende se declare la nulidad de los artículos de los estatutos de Sintraisa que prevén la posibilidad de que el sindicato esté conformado por trabajadores que presten sus servicios en las filiales y subsidiarias de la empresa en jurisdicción de todo el territorio nacional. De conformidad con la demanda interpuesta por la empresa, la posibilidad de afiliación de trabajadores de las filiales al sindicato solo está reservada para los sindicatos de industria y gremio y no para los sindicatos de empresa como es el caso de Sintraisa y semestralmente, de manera periódica, denuncia la convención que Sintraisa tiene firmada con ISA, sin ser titular ni ostentar poder de ISA para denunciarla.
En medio de esta disputa jurídica, mediada por un entorno global en el que los sindicatos anticipan una marcha hacia su desaparición, nos encontramos como espectadoras de su progresivo aniquilamiento, en el que paradójicamente, el derecho y los usos que de este vienen haciendo los grandes grupos económicos resulta ser el arma más poderosa y el eslabón más importante a través del cual se han soportado todas las estrategias empresariales aplicadas en su ofensiva hacia la desarticulación de las organizaciones sindicales, hoy día poco convenientes para el modelo de desarrollo neoliberal.
Sin embargo, paradójicamente frente a tal contexto, el marco jurídico del derecho de asociación sindical se ha ampliado de cuenta de la protección internacional alcanzada por la vía de instrumentos internacionales de derechos humanos, reconocido como parte del bloque de constitucionalidad por tratarse de normas que consagran derechos que no pueden ser limitados en estados de excepción y de disposiciones como las contenidas en los convenios 87 y 98 de la OIT (Sentencia T-568 de 1999, entre otras). Esta afirmación nos da pie para delinear ante el lector un mapa más completo, que dé cuenta de la complejidad del mundo contemporáneo sin duda perceptible a través del caso de Sintraisa, por más local y particular que sea este conflicto.
Ante la globalización hegemónica se contrapone la contra-hegemónica8 y ante el uso del derecho como instrumento de aseguramiento de unos intereses con exclusión de otros, se impone el derecho como resistencia. Estamos ante una ambivalencia de los procesos globalizadores y del instrumento jurídico, expresado en todo el despliegue del derecho para garantizar la transformación empresarial en Colombia, la cual le ha dado cobertura a la mutación de ISA.S.A.E.S.P., en matriz de un grupo empresarial, con los ya descritos y consiguientes impactos negativos para los derechos laborales y sindicales. Pero al mismo tiempo encontramos unas prácticas de resistencia de la organización sindical que no se agotan en las vías jurídicas, aunque las incluyen quizás por el reconocimiento intuitivo de la capacidad performativa que en todo caso ostenta el Derecho.
Destacar aquí las estrategias de resistencia de Sintraisa para defender los derechos colectivos de los trabajadores y para asegurar el futuro de su propia existencia, tiene también el sentido político de abandonar el paso que dicta la música de la muerte para abrazar el ritmo suave pero preciso de la esperanza.
Las estrategias de Sintraisa
Aceptar los términos del Grupo Empresarial posiblemente no afectará, al menos en el corto plazo, los derechos de los trabajadores vinculados a la convención de 1977, pero es lesivo para los trabajadores de las filiales que mientras no se declare la Unidad de Empresa no pueden ampararse en una Convención que no ha sido suscrita por sus respectivas empresas. Esto podría contrarrestarse si la empresa cumple con su deber de respetar el principio de igualdad de todos los trabajadores convencionales y no convencionales que hacen parte de alguna de las empresas que conforman el grupo empresarial, pero incluso en ese caso, sí sería lesivo para los derechos de las generaciones futuras de trabajadores de las filiales, quienes no podrán vincularse a una Convención que quizás ya para esa fecha se haya extinguido, en virtud de los procesos propios de relevo generacional, y, en esa medida, posiblemente llegarán a una empresa con unas condiciones laborales de mayor precariedad. Asimismo, aceptar los términos del Grupo Empresarial de la Sustitución Patronal, supondrá para Sintraisa, al largo plazo, su extinción, al menos tal como se conciben en la actualidad.
Otras acciones de resistencia emprendidas por Sintraisa y que constituyen expresiones de globalización contra-hegemónica en las que la organización sindical ha jugado un importante papel de liderazgo, han sido: las múltiples acciones publicitarias de denuncia de las estrategias usadas por ISA para burlar el derecho a la negociación colectiva, las vías jurídicas (acciones públicas, laborales individuales y colectivas, administrativas y penales), la participación en una mesa local por la defensa de lo público y, los acercamientos de Sintraisa a organizaciones sindicales de otras filiales de ISA.S.A.E.S.P., que operan en otros países de Latinoamérica, para emprender acciones conjuntas.
Crónica de una negativa anunciada
Infortunada pero previsible es la respuesta del Ministerio del Trabajo en torno a la petición de Sintraisa, respaldada con abundante evidencia documental para que declarara la Unidad de Empresa entre ISA. S.A., XM e InterColombia. A pesar de que todo el hilo argumentativo parece conducir a dicha declaración, el Ministerio de Trabajo dice que no declarará la Unidad de Empresa, facultad que tiene en virtud del artículo 194, numeral 4 del Código Sustantivo del Trabajo, pero de dicha declaratoria no se puede concluir como lo hace en la Resolución 2497 del 15 de marzo de 2016, que NO EXISTE UNIDAD DE EMPRESA entre las sociedades ISA – Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. con InterColombia S.A. E.S.P entre ISA – Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P y la empresa XM – Compañía de Expertos en Mercados S.A. E.S.P., dado que la motivación de este acto administrativo es contraria a su parte resolutiva, con lo cual adolece de un efecto sustantivo por incongruencia entre la parte motiva y la resolutiva. Pretender negar esta realidad, es eludir la aplicación de la normativa laboral en materia de Unidad de Empresa.
Además de hacer uso de los recursos de reposición y apelación ante los organismos pertinentes, consideramos de la mayor importancia que ante la negativa del Ministerio de Trabajo de declarar la Unidad de Empresa, Sintraisa a través de cada uno de sus asociados debe solicitar dicha declaratoria por vía judicial, con fundamento en el ya citado artículo 194, numeral 4 del Código Sustantivo del Trabajo. Quizá allí pueda encontrar un juez más imparcial que aquel que depende de la Rama Ejecutiva del Poder Público, hoy comprometida con todo el despliegue del poder económico y político de las agencias neoliberales para alcanzar el objetivo de volverlo todo, incluso los servicios públicos (como el energético, el de educación y el de la salud, entre otros) un objeto expuesto a las fuerzas del mercado y accesible sólo a aquél con capacidad de comprar.
Para terminar, habrá que reconocer también que estas líneas han sido movidas por una poderosa emoción: el miedo a las semejanzas con aquellos que en la “Crónica de una muerte anunciada”, de la que nos hemos valido para nuestra narración, sabían del peligro que se cernía sobre un hombre, pero no se sintieron o no quisieron sentirse responsables de su suerte.
Al principio fue…
Las amenazas más latentes que rodean hoy a los sindicatos en el caso colombiano, se remontan a la época del gobierno de Alfonso López Michelsen cuando se impusieron los pactos colectivos como estrategia para desestimular la afiliación de los trabajadores no sindicalizados a los grupos sindicales (González, 2000, p. 174). Posteriormente, vendría la Ley 50 de 1990 que materializó una ola de embates que, bajo el argumento de las necesidades de modernización y competitividad, han servido no solo para flexibilizar y precarizar cada vez más las relaciones laborales, sino, además, para perseguir, estigmatizar y amenazar la pervivencia de los sindicatos en Colombia.
Los efectos de tales reformas laborales en el caso de empresas estatales o con participación estatal, se han reflejado en las políticas y estrategias de racionalización del gasto y de fusiones de compañías, lo cual ha incidido en el debilitamiento de los sindicatos que cada vez cuentan con menos afiliados y en un panorama en el que está ausente una política social, lo que lleva a concluir, con Antenas (2008), que “los sindicatos afrontan los retos del proceso de la globalización desde una posición de debilidad” (p. 37).
* Abogadas especialistas en Derecho Administrativo, Derecho Penal y Derecho Laboral, respectivamente; Magíster en Derecho, y Doctoras en Derecho y Economía y Gobierno y Políticas Públicas respectivamente; profesoras de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Antioquia; investigadores adscritas al Grupo de Investigación Derecho y Sociedad de la misma universidad.
1 En: http://www.Sintraisa.org/index.php?option=com_content&view=article&id=59&Itemid=64. Fecha de consulta: marzo 19 de 2016.
2 Así se deduce de los planteamientos de autores y expertos en la materia como ATEHORTÚA ríos, c. (2008) al hacer referencia a la transformación del sector de los servicios públicos domiciliarios que se produjo con la entrada en vigencia de la Constitución Política de 1991. Este autor al respecto plantea: “Con la expedición de la Constitución de 1991, y muy especialmente con la expedición de las leyes 142 y 143 de 1994, se inició en Colombia un proceso de transformación sectorial en los servicios públicos domiciliarios a través del cual se ha pretendido eliminar los antiguos monopolios ineficientes y altamente politizados, para establecer un modelo moderno guiado por la eficiencia y la alta productividad.
Diferentes razones han motivado la transformación del modelo, pero ellas podrían reducirse a dos; la primera es la transformación mundial que han experimentado los mercados de bienes y servicios, con la liberalización, la apertura, la internacionalización y la globalización, lo que ha permitido que los capitales transnacionales incursionen en los países en desarrollo con el fin de explotar actividades que antes constituían monopolios estatales; la segunda razón está asociada a la crisis que ha experimentado la prestación de servicios públicos por parte del Estado, derivada de la captura de los mismos por sectores burocráticos poco interesados en su eficiencia y competitividad”. (pp. 33-34).
3 En: http://www.isa.co/es/nuestra-compania/Paginas/direccionamiento-estrategico.aspx. Fecha de consulta: marzo 22 de 2016.
4 En: http://www.isa.co/es/nuestra-compania/Paginas/direccionamiento-estrategico.aspx. Fecha de consulta: marzo 22 de 2016.
5 Ver: vid. W. Sanguineti Raymond, “Descentralización productiva”, Portal Derecho. Programa de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. En: http://www.iustel. com. Consultada el 8 de febrero de 2016.
6 Esto es, prestar los servicios de planeación y coordinación de la operación de los recursos del sistema interconectado nacional, en la administración del sistema de intercambios y comercialización de energía eléctrica en el mercado mayorista, y en la liquidación y administración de los cargos por uso de las redes del sistema interconectado nacional con sujeción a lo dispuesto en el Reglamento de Operación expedido por la Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG, los acuerdos expedidos por el Consejo Nacional de Operación (CNO) y la normatividad vigente que le sea aplicable en Colombia.
7 Ver solicitud del trabajador Julio César Ríos Rojas, Radicada con los Nro. 201566000755-3 y 201588007357-3, del 22 de octubre del 2015 y respuestas de INTERCOLOMBIA con el radicado N°201577005167-1 y de ISA con el radicado N° 201588003857-1, en las cuales el trabajador solicita, entre otros, el derecho a la igualdad con base en la Convención Colectiva suscrita entre ISA y Sintraisa y las entidades mencionadas, niegan tal derecho insistiendo en la supuesta sustitución patronal operada entre ISA e INTERCOLOMBIA.
8 Respecto a la globalización contrahegémonica Santos, 2007, pp. 31 y ss.: “La globalización contrahegemónica, como yo la entiendo, es un vasto conjunto de redes, iniciativas, organizaciones y movimientos que luchan contra los resultados económicos, sociales y políticos de la globalización hegemónica. La globalización contrahegemónica desafía las concepciones del desarrollo mundial que están detrás de la hegemónica y, a su vez, propone concepciones alternativas. La globalización contrahegemónica presta una atención primordial a las luchas contra la exclusión social. Puesto que la exclusión social es siempre el producto de relaciones de poder desiguales, la globalización contrahegemónica está animada por un logos redistributivo, en su sentido más general, que implica la redistribución de los recursos simbólicos, culturales, políticos, sociales y materiales. En este sentido, la redistribución se apoya a un tiempo en los principios de igualdad y de reconocimiento de la diferencia. En esa lucha están en juego intercambios y relaciones de autoridad igualitarios, y no tanto relaciones de poder en sí. Debido a que las relaciones de poder y los intercambios desiguales se cristalizan en el derecho y la política, la globalización contrahegemónica se muestra a través de una variedad de luchas políticas y jurídicas que están guiadas por la idea de que las estructuras y prácticas políticas y jurídicas hegemónicas pueden ser confrontadas mediante principios alternativos del derecho y la política. Estos principios alternativos y la lucha por ellos es lo que llamo legalidad y política cosmopolitas subalternas (Santos 2002). Ambas comprenden un vasto campo social de derecho y política de oposición, en el cual distingo dos procesos básicos de globalización contra hegemónica: la acción colectiva global a través de las redes transnacionales constituidas mediante vínculos locales, nacionales y globales; y las luchas nacionales o locales cuyo éxito impulsa su reproducción en otras localidades o redes que están experimentado luchas similares.” (negrillas fuera del texto original).
Bibliografía
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Jaramillo Delgado, Lina María, 2015. Respuesta de la Directora de Talento Organizacional de Intercolombia a la solicitud de cincuenta y 4 (54) trabajadores, radicada bajo el N° 201577005167-1 del 17 de noviembre.
Otero Prada, D.: “Hay que producir un revolcón en el sector eléctrico colombiano” edición digital de la Revista Semana -www.semana. com.-, del 28 de marzo de 2016, fecha de consulta 29 de marzo de 2016.
Posada Zapata, Diana Cristina, 2015. Respuesta de la Directora Corporativa de Talento Organizacional de ISA a la solicitud del trabajador Juan Guillermo, radicada bajo el N° 201588007440-3.
Rios Rojas, Julio César, 2015. Reclamación e Interrupción de la Prescripción de derechos laborales ciertos, indiscutibles e irrenunciables a ISA e INTERCOLOMBIA.
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Zapata, F. ¿Crisis del sindicalismo en América Latina? Working Paper #302 – January 2003. Kellogg Institute for International Studies.
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