¿Quién debe investigar? El laberinto judicial de un caso histórico

La reciente aprobación por parte de la Comisión de investigación y acusación de la Cámara de Representantes, con votos favorables de los congresistas del Pacto Histórico, abrió un debate político que debe resolverse a la luz de la normatividad jurídica, nacional e internacional, vigente. Veamos.

Treinta años después de las masacres en el municipio de Ituango, Antioquia, en los corregimientos La Granja y El Aro, y del asesinato en la ciudad de Medellín, del defensor de derechos humanos Jesús María Valle Jaramillo, los órganos de poder en nuestro país siguen sin investigar a fondo estos hechos, pese a las sentencias de condena que profirió la Corte Interamericana de derechos humanos (en adelante CIDH), en la que Colombia ha resultado condenada en dos ocasiones, y en las que a manera de reparación así se ordenó. 

Son variados los actores que deben ser investigados. Entre estos los gobernantes de turno que omitieron sus deberes, que no atendieron los reclamos de la población agredida o, incluso, aportaron de alguna manera a que estos hechos se materializaran. 

El gobernador de Antioquia entre los años 1995-1997, quien luego fue presidente de la República por 8 años, Álvaro Uribe Vélez, investigado por estos hechos lleva tiempo sentado en el banquillo de los acusados, y ahora espera a que se resuelva un conflicto de competencia que se generó entre la Fiscalía General de la Nación y la Comisión de investigación y acusación de la cámara de representante, para conocer quién será su Juez natural.

Delitos de lesa humanidad, imprescriptibles

El once de junio de mil novecientos noventa y seis, los paramilitares, incursionan en el corregimiento La Granja, del municipio de Ituango, y asesinan cinco campesinos a los que acusaban de ser auxiliadores de la guerrilla. 

Entre el veintidós y el veintisiete de octubre del año mil novecientos noventa y siete, un ejército de paramilitares, con unos 150 hombres, ocuparon el corregimiento El Aro, torturan y asesinan al menos 17 campesinos, quemaron viviendas, robaron ganado, y provocaron el desplazamiento forzado de los campesinos.

Estos hechos no se investigaban, y las víctimas acudieron en demanda ante la CIDH, y en esta instancia, al amparo de la Convención americana de derechos humanos, se dice lo siguiente: 

“El Aro era un pueblo donde la gente se dedicaba al campo, al criado de ganado y donde habitaban entre trescientas (300) a quinientas (500) personas. En mula una persona puede durar seis horas para llegar a El Aro desde Puerto Escondido u ocho horas desde Puerto Valdivia. El Aro se consideraba una zona de influencia guerrillera, debido a que el “Nudo de Paramillo” queda ahí, que es la unión de tres cordilleras desde donde se puede desplazar a diferentes lugares. La zona es un punto estratégico de tránsito de cuatro grupos: el Ejército, la Policía, los paramilitares y la guerrilla. Los paramilitares comenzaron a llegar “años antes” de que ocurrieran los hechos en El Aro en 1997. En 1996 hubo una incursión que llegó hasta Santa Rita. Aproximadamente dos meses antes de la masacre, llegaron al sector “La Esmeralda” pero no llegaron hasta la cabecera urbana de El Aro. Los paramilitares entraban a El Aro por Puerto Valdivia. Antes del año 1994 no había en Puerto Valdivia ni Ejército ni autoridad de ley. Los paramilitares llevaban mapas de todos los corregimientos y municipios y marcaban con una equis roja aquellos que pensaban destruir. El Aro estaba marcado con una equis roja en uno de eso mapas, lo cual fue debidamente notificado al alcalde de Ituango y otros concejales. Ante esta situación, “como dos meses antes de la toma”, la Junta de Acción Comunal de El Aro pidió protección a la Gobernación del Estado, la cual no fue otorgada. Las autoridades locales comenzaron a llamar “a toda parte, a la cuarta brigada, al batallón Girardot, hasta la fiscalía en Yarumal”. Les respondieron que “no ha[bía] tropa disponible” porque todas habían sido repartidas con propósito de las elecciones que se estaban llevando a cabo en esos días. En octubre de 1997, antes de la masacre, los paramilitares se reunían diariamente con miembros del Ejército en la zona de Cachirimé y Tarazá”. 

Y continúa la CIDH: “[…] Las elecciones estaban programadas para llevarse a cabo el domingo 26 de octubre de 1997. El sábado 25 de octubre se escucharon “ráfagas de fusil [y] muchas explosiones”. En la mañana de ese sábado “llegó un helicóptero blanco” que “hizo unas ráfagas de tiros” y “cogió rumbo al Cauca arriba”. Al llegar unos hombres armados, estos dijeron: “nosotros somos las Auto Defensas Campesinas y necesitamos que nos vengan a acompañar un poco al parque”. Los hombres armados acusaban a los residentes de El Aro de ser guerrilleros. Estos hombres agarraron a varias personas del pueblo y los llevaron al centro de la plaza, los insultaron e hicieron poner boca abajo, en donde procedieron a matar a varias personas. El domingo 26 de octubre los paramilitares dieron permiso de enterrar a los muertos. La gente que murió en El Aro era “gente honesta y trabajadora, que […] no tenía vinculo ni con la guerrilla ni con los paramilitares. Eran finqueros”. (Corte Interamericana de derechos humanos –CIDH– Caso de las masacres de Ituango Vs Colombia. Sentencia de 1 de julio de 2006).

“Miembros de la sociedad civil del Municipio de Ituango elevaron numerosas comunicaciones a distintas autoridades estatales con el fin de solicitarles la adopción de medidas para garantizar la vida y la integridad personal de la población civil amenazada por el accionar de los grupos al margen de la ley. Entre estas personas se destacó el abogado y defensor de derechos humanos Jesús María Valle Jaramillo, quien elevó comunicaciones a las autoridades departamentales informándoles sobre la presencia paramilitar en la región. El 20 de noviembre de 1996 se comunicó con el Gobernador de Antioquia y con el Defensor del Pueblo de Medellín con el fin de solicitar protección para la población de Ituango”. 

“Tal y como reconoció el Estado ante la CIDH (está comprobado que agentes estatales tenían pleno conocimiento de las actividades de terror realizadas por estos grupos paramilitares sobre los pobladores de La Granja y El Aro). Lejos de tomar acciones para proteger a la población, miembros del Ejército nacional no sólo prestaron su aquiescencia a los actos perpetrados por los paramilitares, sino que también se produjeron instancias de participación y colaboración directa. Efectivamente, la participación de agentes del Estado en la incursión armada no se limitó a facilitar el ingreso de los paramilitares a la región, sino que también omitieron asistir a la población civil durante el desarrollo de aquélla, resultando así en la total indefensión de éstos. Dicha colaboración entre paramilitares y agentes del Estado resultó en la muerte violenta de diecinueve pobladores de La Granja y El Aro”.

La CIDH concluyó ‘que los procesos y procedimientos internos no han constituido recursos efectivos para garantizar el acceso a la justicia y de toda la verdad de los hechos, tampoco la investigación y sanción de los responsables y la reparación de las consecuencias de las violaciones, de manera que Colombia en cumplimiento de la convención americana está obligada a hacerlo’.

El asesinato de Jesús María Valle Jaramillo, defensor de derechos humanos, oriundo de Ituango

“El 27 de febrero de 1998 […] dos hombres armados ingresaron al despacho de Jesús María Valle Jaramillo en […] Medellín [donde también se encontraban Carlos Fernando Jaramillo Correa y Nelly Valle [Jaramillo], hermana de Jesús María Valle […]. [Posteriormente entró una mujer, quien, junto con dos hombres, procedió a] amarrar e inmovilizar a los rehenes […]. Jesús María Valle fue asesinado mediante dos disparos a la cabeza [y] falleció instantáneamente. […] Tras la ejecución extrajudicial, la señora Valle y el señor Jaramillo Correa fueron arrastrados desde el despacho hasta la sala de la oficina. Allí fueron amenazados con armas de fuego […]. Los elementos de juicio disponibles indican que el móvil del asesinato fue el de acallar las denuncias del defensor de derechos humanos Jesús María Valle sobre los crímenes perpetrados en el Municipio de Ituango por paramilitares en connivencia con miembros de la Fuerza Pública […]”. 

“El Estado admitió que el “10 de julio de 1997 Jesús María Valle [Jaramillo] denunció por los medios de comunicación la acción conjunta de tropas adscritas a la IV Brigada y grupos paramilitares [y que en] respuesta, se le inició un proceso por calumnias a instancia de miembros del Ejército”.

“Cabe resaltar que un mes antes de su muerte, Jesús María Valle Jaramillo había realizado señalamientos en un foro en la IV Brigada del Ejército acerca de la connivencia entre miembros de las fuerzas estatales y los paramilitares, particularmente sobre la comisión de más de 150 asesinatos en Ituango. Asimismo, un día antes de su muerte, el 26 de febrero de 1998, Valle Jaramillo declaró acerca de los mismos señalamientos dentro del proceso de injurias y calumnias iniciado en su contra por un miembro del Batallón Girardot adscrito a la Cuarta Brigada. Al día siguiente, el 27 de febrero de 1998, Jesús María Valle Jaramillo fue asesinado”.

Como este asesinato no se investigaba, las víctimas demandaron ante la CIDH, y en la sentencia la Corte recuerda nuevamente que Colombia en cumplimiento está en la obligación de investigar y, en su caso, sancionar a los responsables de los hechos, el Estado debe remover todos los obstáculos, de facto y de jure, que impidan la debida investigación de los hechos, y utilizar todos los medios disponibles para hacer expedita dicha investigación y los procedimientos respectivos, a fin de evitar la repetición de hechos tan graves como los presentes. (CIDH, caso Valle Jaramillo y otros Vs Colombia. Sentencia de 27 de noviembre de 2008).

La administración
de la justicia en Colombia 

En septiembre de 2013, la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Medellín, con ponencia del magistrado Ruben Dario Pinilla Cogollo, advierte que existe merito para investigar por estos hechos al expresidente Álvaro Uribe Vélez, por su rol en la conformación de los grupos de Autodefensa en Antioquia, cuando fue gobernador de ese departamento.

El 24 de septiembre de 2018, el Tribunal Superior de Medellín, con ponencia del magistrado Óscar Bustamante Hernández, vuelve a compulsar copias para investigar estos crímenes. Esta vez la compulsa ocurrió tras la condena de los hermanos Francisco Antonio y Jaime Alberto Angulo Osorio, dos ganaderos del municipio de Ituango que fueron hallados culpables de haber colaborado con el Ejército y los paramilitares en la planeación y ejecución de las masacres de El Aro y La Granja.

¿Quién es competente para investigar por estos delitos al expresidente Álvaro Uribe Vélez?

Todos los reclamos de la CIDH y la compulsa de copias de los jueces colombianos, llevaron a que la Fiscalía General de la Nación ordenara la apertura de la investigación previa el 16 de mayo de 2000, por algunos de estos hechos, en concreto las masacres en Ituango, y la creación, fomento y favorecimiento a los grupos al margen de la ley, en contra de Álvaro Uribe Vélez. 

Pasado los años, el 17 de junio de 2026, la Fiscalía ordenó la apertura de la instrucción y dispuso vincular a Uribe Vélez citándolo a rendir indagatoria. Y una vez se rinda indagatoria, se procede a definir la situación jurídica del sindicado, incluso con la posibilidad de argumentar la detención preventiva, de cumplirse algún de los fines constitucionales que permite dictarla. 

Se armó la de Troya

Ante esta realidad, la Comisión de investigación y acusación de la Cámara de representantes, reclamó su competencia para investigar y si fuera del caso llevar a juicio al expresidente. 

Como dos entidades públicas diferentes que ejercen jurisdicción reclaman ser competentes para adelantar la investigación en contra de Uribe Vélez, se tranzó un conflicto de competencia que debe ser dirimido por la Corte Constitucional, que en última instancia resolverá quien es el competente. 

Las dos instancias sustentan las razones que les permite sostener ser la competente para adelantar la investigación. Por un lado, la Fiscalía, bajo el régimen ordinario, y por el otro, la Comisión de investigación y acusación, régimen especial para altos mandatarios, que son investigados y juzgados por el Congreso de la República.

Alega la Fiscalía que es competente para investigar al señor Uribe Vélez, y para ello resalta en auto del pasado 27 de agosto, lo siguiente: “[…] resulta fundamental poner de presente los hechos relacionados en el auto de apertura de instrucción del 17 de junio de 2026, los cuales se sintetizaron así “El 16 de mayo de 2000, se ordenó apertura de investigación previa contra ÁLVARO URIBE VÉLEZ, concretada en que, en su condición de Gobernador de Antioquia: (i) habría incumplido con sus deberes de protección a la población civil (en) las masacres perpetradas por grupos armados al margen de la ley, en los años 1996 y 1997, en el municipio de Ituango (Antioquia), especialmente en los corregimientos de La Granja y El Aro; y, (ii) por la presunta creación, fomento y favorecimiento de grupos armados al margen de la ley, teniendo en cuenta que, al parecer, en la Hacienda denominada “Guacharacas” de su propiedad, permanecía un grupo paramilitar”. 

[…] Así las cosas, el objeto de la investigación hace referencia a los años 1996 y 1997…”, no a hechos ocurridos en el periodo que Uribe Vélez fue presidente, entre 2002 y 2010. 

“Para mayor precisión, debe indicarse que, frente a los hechos que se investigan, el 30 de mayo de 2018, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia declaró como “crímenes de lesa humanidad los delitos de concierto para delinquir, homicidio agravado, secuestro, desplazamiento forzado y conexos con estos, que deriven de los siguientes hechos: i) Masacres ocurridas en el municipio de San Roque (Ant.), los días 13 de julio y 17 de septiembre de 1996. ii) Masacre en el corregimiento La Granja, municipio e Ituango (Ant.), el 11 de junio de 1996; iii) Masacre en el corregimiento El Aro, municipio de Ituango (Ant) en los días que trascurrieron entre el 22 y el 31 de octubre de 1997. Iv) Homicidio de Jesús María Valle Jaramillo, ocurrido el 27 de febrero de 1998, en la ciudad de Medellín. Por ende la acción penal por las mencionadas conductas se torna imprescriptible”. 

Por su parte, la Comisión de investigación y acusación de la Cámara de Representantes, en agosto del 2026, reclama para sí la competencia de investigar a Uribe Vélez, y en oficio C.I.A-3.8.33.4625.26, afirmando que uno de los hechos investigados hace referencia a los presuntos nexos del expresidente con el grupo paramilitar conocido como Bloque Metro que operó hasta el año 2003, y como Uribe Vélez fue presidente desde el 2002, entonces lo cobija el fueron presidencial. 

La Comisión de investigación y acusación que ejerce funciones judiciales en relación con los llamados aforados constitucionales, que son el Presidente de la República, los magistrados de la Corte Constitucional, la Corte Suprema, el Consejo de Estado y el de la Judicatura y el Fiscal general, cuando uno de estos altos funcionarios comete delito en ejercicio de sus funciones o incurre en indignidad por mala conducta. Entonces investiga la Cámara, y juzga el Senado.

La administración de justicia de aforados y el descrédito en la sociedad

Como la Comisión de acusación no es juez natural, no es independiente e imparcial, y por el contrario es una célula política, investiga y falla sesgadamente. Por esta razón, entre otras, no solo no adelanta las investigaciones que debería adelantar, sino que deja que prescriban aquellas en las que existe mérito. Su descrédito es absoluto. Pero lo de fondo es más importante, y es hora de que la sociedad en su conjunto, y sobre todo las minorías, propongan la eliminación de las funciones jurisdiccionales de esta Comisión y del Senado en general. La naturaleza política de este órgano legislativo, ajena a quienes cumplen la misión de administrar justicia, así lo exige. No se trata de mejorar las calidades y conocimientos de quienes integran la Comisión, ni de asignarle mayor prepuesto o incrementar la planta de personal. Se trata de que no debe existir, porque su existencia es contraria a los mandatos convencionales, entre otros a la Carta de derechos fundamentales, a la Convención americana de derechos humanos y el Pacto Internacional de derechos civiles y político. Entregar la administración de justicia a una instancia política, integrada por políticos/politiqueros en ejercicio, que proceden con intereses de grupo, es un agravio a la razón. Pero, además, si se pretende que haya cumplida justicia en el caso de los aforados constitucionales, lo que se debe hacer es eliminar esta Comisión, y asignarle su investigación y juzgamiento a autoridad distinta al Congreso. 

La Fiscalía General de la Nación, ¿sería la competente? 

Tampoco sería la Fiscalía la encargada de investigar, porque su naturaleza de juez natural, independiente e imparcial, se desnaturalizó desde su nacimiento, cuando se le entregó al Presiente de la República el derecho a postular la terna de la cual será elegido el Fiscal general por la Corte Suprema de Justicia. Por esta razón y según los designios del gobernante de turno, unas investigaciones avanzan y otras se estancan, y cuando se designa el nuevo fiscal, todo cambia, las que estaban estancadas se mueven y las que se están activando pasan a la gaveta. Esto depende del presidente de turno. No existe juez natural en la investigación a cargo de la Fiscalía, según la estructura constitucional que hoy tenemos. Por eso, entre otras razones, ha ganado terreno aquello que dice que “la justicia es para los de ruana”. 

Mientras todo esto ocurre y se resuelve la competencia para investigar, Álvaro Uribe Vélez sigue y seguirá respondiendo por unos hechos que una vez considerados de lesa humanidad son imprescriptibles, y no terminan ni con la muerte del perseguido. Seguirá pagando la pena, la pena, de banquillo. 

Información adicional

Álvaro Uribe Vélez en el banquillo
Autor/a: Equipo desdeabajo Medellín
País: Colombia
Región: Suramérica
Fuente: Periódico desdeabajo Nº339, Septiembre 17 - Octubre 17 de 2026

Leave a Reply

Your email address will not be published.